Procedimiento de exoneración del pasivo en concurso de persona natural en cumplimiento de requisitos y conclusión sin masa
El deudor se encuentra en una situación de incapacidad permanente total desde 2009, recibiendo una pensión mensual de 810 euros
(Imagen: Archivo)
Procedimiento de exoneración del pasivo en concurso de persona natural en cumplimiento de requisitos y conclusión sin masa
El deudor se encuentra en una situación de incapacidad permanente total desde 2009, recibiendo una pensión mensual de 810 euros
(Imagen: Archivo)
FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 19-05-2023
Materia: Derecho Mercantil
Especialidad: / Derecho Mercantil / Concursal / Efectos del concurso / Efectos sobre el deudor
Número: 14108
Tipo de caso: Caso Judicial
Voces: COMISIONES DE EVALUACION DE INCAPACIDADES, Incapacidad, Incapacidad permanente, Incapacidad permanente, INCAPACIDAD PERMANENTE
Documentos originales presentados
El caso
Supuesto de hecho.
El caso presenta la situación de un ciudadano español, que se encuentra en una situación de incapacidad permanente total desde el 28 de octubre de 2009, recibiendo una pensión mensual de 810,99 euros. David no tiene cargas familiares y se encuentra endeudado debido a préstamos adquiridos con varias entidades financieras. Esta deuda ha alcanzado un nivel que supera sus ingresos, lo que hace imposible su pago inmediato.
En cuanto a sus bienes, David es propietario de un inmueble en Valencia y de una plaza de garaje, ambos con préstamos pendientes. Además, se adjunta una relación de sus acreedores.
La situación de insolvencia se ve reflejada en los cambios operados en su patrimonio, detallados en la memoria incluida en el documento. En resumen, el afectado se enfrenta a una serie de dificultades financieras debido a su incapacidad y a una acumulación de deudas que superan sus ingresos, lo que lo lleva a solicitar la declaración de concurso.
Objetivo. Cuestión planteada.
El objetivo del cliente es obtener la declaración de concurso de acreedores debido a su situación de insolvencia. Esta solicitud se basa en la imposibilidad para cumplir y regular sus obligaciones económicas debido a la acumulación de deudas que superan sus ingresos.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado se centra en aprovechar las disposiciones legales pertinentes y presentar una solicitud completa y fundamentada para obtener la declaración de concurso y la exoneración del pasivo insatisfecho para su cliente.
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Civil
- Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado Mercantil.
- Tipo de procedimiento: Concurso abreviado.
- Fecha de inicio del procedimiento: 10-01-2023
Partes
Parte Demandante:
– Paco Pacas.
Parte Demandada:
– Entidades Financieras y Acreedores.
Peticiones realizadas
1. Declaración de Concurso Voluntario:
Se solicita al juzgado que admita el escrito junto con los documentos adjuntos, y se tenga por comparecido y parte en nombre y representación del afectado. Además, se pide que, considerando la documentación proporcionada, se decrete la declaración de concurso voluntario para Paco, con la adopción de los pronunciamientos legales correspondientes.
2. Publicidad de la Declaración de Concurso:
Se pide al juzgado que dé la oportuna publicidad a la declaración de concurso, incluida la registral, de acuerdo con lo establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal (LC). Se solicita llevar a cabo las inscripciones, anotaciones y publicaciones necesarias por medios telemáticos, o en caso de ser necesario, mediante mandamientos y oficios que serán gestionados por la Procuradora.
3. Llamamiento de Acreedores:
Se solicita que, en el auto que declare el concurso de Paco, se incluya el llamamiento a los acreedores para que informen a la administración concursal sobre la existencia de sus créditos dentro del plazo legalmente establecido.
4. Cumplimiento de la Ley de Enjuiciamiento Civil:
Se expresa la voluntad de cumplir escrupulosamente con lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) y se ofrece el cumplimiento de subsanar los posibles defectos procesales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 231 de la LEC.
Argumentos
- Presupuesto Subjetivo (Artículo 1.1):
- La declaración de concurso procederá respecto de cualquier deudor, ya sea persona natural o jurídica.
- Presupuesto Objetivo (Artículo 2):
- La declaración de concurso procederá en caso de insolvencia del deudor común.
- Se considera en estado de insolvencia al deudor que no pueda cumplir regularmente sus obligaciones exigibles.
- Se establece que si la solicitud de declaración de concurso es presentada por el deudor, este deberá justificar su endeudamiento y su estado de insolvencia, que puede ser actual o inminente.
- Solicitud del Deudor (Artículo 6):
- Se detallan los documentos que deben acompañar la solicitud de declaración de concurso, incluyendo el poder especial para solicitar el concurso, la memoria expresiva de la historia económica y jurídica del deudor, un inventario de bienes y derechos, una relación de acreedores, entre otros.
- Se establece que si el deudor estuviera legalmente obligado a llevar contabilidad, deberá acompañar cuentas anuales, informes de gestión, estados financieros intermedios, entre otros documentos adicionales.
- En caso de que falte algún documento o datos exigidos, el deudor deberá expresar la causa que lo motiva en su solicitud.
Normas y artículos relacionados
- Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal. (vigente a partir del 1/09/2020)
- Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
- Artículo 37. Anotación e inscripción en los registros públicos de bienes y derechos. , Artículo 486. Ámbito de aplicación. , Artículo 488. Prohibición. , Artículo 487. Excepción. , Artículo 489. Extensión de la exoneración. , Artículo 493 bis. Régimen de la revocación. , Artículo 490. Efectos de la exoneración sobre los acreedores. , Artículo 493 ter. Efectos de la revocación de la concesión de la exoneración. , Artículo 491. Efectos de la exoneración respecto de los bienes conyugales comunes. , Artículo 492 bis. Efectos de la exoneración sobre las deudas con garantía real. , Artículo 501. Solicitud de exoneración tras la liquidación de la masa activa. , Artículo 492 ter. Efectos de la exoneración respecto de sistemas de información crediticia. , Artículo 493. Supuestos de revocación de la concesión de la exoneración. , Artículo 492. Efectos de la exoneración sobre obligados solidarios, fiadores, avalistas, aseguradores y quienes, por disposición legal o contractual, tengan obligación de satisfacer la deuda afectada por la exoneración. , Artículo 502. Resolución sobre la solicitud. Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal. (vigente a partir del 1/09/2020)
- TÍTULO X El acuerdo extrajudicial de pagos , Artículos 176 a 182. Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
Documental aportada
1 y 2- Representación letrada.
3- Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
4- Resolución de revalorización de rentas al año 2022.
5- Certificado de Rentas.
6- Relación de acreedores.
7- Préstamo hipotecario.
8- Propietario de una plaza de garaje.
9- Memoria expresiva de su situación económica y jurídica del deudor.
Prueba
Existe aportación de prueba documental por la parte demandante.
Estructura procesal
1. Solicitud de Exoneración del Pasivo Insatisfecho: Los deudores solicitan la exoneración del pasivo no satisfecho, cumpliendo con los requisitos establecidos por la Ley Concursal.
2. Traslado a los Acreedores: La solicitud se traslada a los acreedores para que puedan oponerse, si lo desean, a la exoneración solicitada.
3. Concesión de la Exoneración: En ausencia de oposición por parte de los acreedores, se concede la exoneración del pasivo insatisfecho de acuerdo con lo establecido por la Ley Concursal.
4. Efectos de la Exoneración: Se detallan los efectos de la exoneración tanto para el concurso como para los acreedores, incluyendo la reanudación del trámite de conclusión del concurso y las limitaciones respecto a qué deudas quedan exoneradas y cuáles no.
5. Conclusión del Concurso sin Masa: Se describe el procedimiento para la conclusión del concurso cuando se cumplen ciertas condiciones, como la ausencia de bienes embargables por parte del concursado.
Resolución Judicial
Fecha de la resolución judicial: 19-05-2023
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
1- Se concede la exoneración del pasivo insatisfecho al deudor, con los efectos previstos en el fundamento de derecho tercero de la resolución.
2- Se acuerda la conclusión del concurso sin masa del deudor-
3- El deudor persona natural será responsable de la deuda no exonerable, conforme al fundamento de derecho tercero de la resolución.
4- Los acreedores cuya deuda no haya sido exonerada podrán iniciar ejecuciones singulares, mientras no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare un nuevo concurso.
5- Se ordena la publicación de la resolución en el Registro Público Concursal y en el Boletín Oficial del Estado.
6- Se procede a la cancelación de la anotación de concurso en el Registro Civil.
7- El original de la resolución se archiva en el libro de Autos Definitivos, dejando una copia testimoniada en autos.
8- Se emite un oficio junto con el edicto de publicidad de la resolución al Registro Público Concursal, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 892/2013.
9- Se ordena la publicación gratuita de la resolución por edictos en el Boletín Oficial del Estado, considerando la inexistencia de bienes.
10- Se emite un mandamiento a los acreedores afectados para que comuniquen la exoneración a los sistemas de información crediticia.
11- Se informa al deudor que puede solicitar un testimonio de la resolución para actualizar sus registros en los sistemas de información crediticia.
PRIMERO: Exoneración del Pasivo No Satisfecho en la Ley Concursal
- Antecedentes: Modificación por la Ley 14/2013 de Apoyo al Emprendedor del Art. 178-2 LC, permitiendo exonerar deudas no pagadas en concursos de personas naturales sin masa o con operaciones de liquidación finalizadas, si el concurso no fue culpable y se cumplieron ciertos requisitos, incluyendo haber intentado un acuerdo extrajudicial de pagos.
- Requisitos: No declaración culpable del concurso, no condena por delitos financieros en los últimos 10 años, intento de acuerdo extrajudicial de pagos, pago de créditos contra la masa y privilegiados, o al menos el 25% de créditos ordinarios, entre otros.
SEGUNDO: Solicitud de Exoneración del Concurso y Cumplimiento de Requisitos
- Los deudores solicitaron la exoneración del pasivo con liquidación de masa activa, cumpliendo los requisitos del Art. 487 y 488 TRLC.
- No hubo oposición de los acreedores, por lo que se concede la exoneración según el Art. 502-1 TRLC.
TERCERO: Efectos del Beneficio Provisional del Pasivo Insatisfecho
- Reanudación del trámite de conclusión del concurso.
- Exoneración de la mayoría de los acreedores, con excepciones como deudas por responsabilidad civil, alimentos, salarios, créditos públicos, multas, entre otros.
- Los acreedores cuyos créditos se extingan pueden solicitar la revocación de la exoneración.
- La exoneración no se extiende a deudas gananciales del cónyuge del concursado.
- Derechos de los acreedores contra los obligados solidariamente con el deudor quedan intactos.
CUARTO: Conclusión de Concurso sin Masa
- Se considera concurso sin masa cuando el concursado carece de bienes embargables.
- Se dicta auto declarando el concurso de acreedores si el deudor está en dicha situación.
- En caso de no nombramiento de administración concursal y cumplimiento de condiciones para conclusión por insuficiencia de masa, se procede a la conclusión del concurso sin trámite adicional.
Jurisprudencia
- Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, núm. 1037/2008, de 09-05-2008. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 233480
- Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, núm. 444/2003, de 02-04-2003. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 93315
- Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, núm. 1043/2007, de 16-03-2007. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 182761
- Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, núm. 2147/2007, de 18-05-2007. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 180142
- Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, núm. 4784/2007, de 30-11-2007. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 186841
Biblioteca
Libros
- La relación laboral: una visión práctica
- Guía práctica de Derecho Laboral y de la Seguridad Social
- La ejecución en el proceso laboral
- Todo sobre el proceso laboral
- Formularios laborales ajustados a la ley de procedimiento laboral. Texto articulado de la Ley de Procedimiento Laboral.
Artículos jurídicos
- La incapacidad permanente (2002)
- La revisión de la incapacidad permanente por mejora
- Requisitos para conseguir la incapacidad permanente
- Incapacidad permanente y Seguridad Social (2003)
- Denegada la incapacidad permanente a una camarera con movilidad limitada en una mano
Casos relacionados
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