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EY, condenada a indemnizar con más de 3 millones de euros a un grupo de 130 inversores por la salida a bolsa de Gowex

La Audiencia de Madrid considera “incuestionable conducta negligente omisiva” de la consultora al no impedir la publicación de información errónea sobre la actividad de la empresa y generar un “perjuicio grave” de los accionistas

De esta forma, da la razón a Asufin, que gana a la consultora en segunda instancia. (Imagen: EY)

Rosalina Moreno

Redactora jefa




Tiempo de lectura: 5 min



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EY, condenada a indemnizar con más de 3 millones de euros a un grupo de 130 inversores por la salida a bolsa de Gowex

La Audiencia de Madrid considera “incuestionable conducta negligente omisiva” de la consultora al no impedir la publicación de información errónea sobre la actividad de la empresa y generar un “perjuicio grave” de los accionistas

De esta forma, da la razón a Asufin, que gana a la consultora en segunda instancia. (Imagen: EY)



La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a la consultora EY España –antigua Ernst&Young– a indemnizar con un total de 3.255.109,48 euros a 130 inversores por la salida a bolsa de Gowex.

«Ganamos en segunda instancia a la consultora EY España, una de las Big Four, asesor registrado, responsable de la salida a Bolsa de Gowex, el caso fraudulento que costó grandes cantidades de dinero invertido a multitud de inversores», ha informado hoy la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), que ha representado a 130 de ellos, que «ven hoy más cerca la devolución de sus inversiones».



«Sentencias como ésta dotan de seguridad jurídica y económica a la inversión en los mercados españoles. No es tolerable que durante cuatro años se haya dado por buena una información que nada tenía que ver con la realidad», ha declarado a Economist & Jurist Patricia Suárez, presidenta de Asufin.

El tribunal (Civil) ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por esta asociación contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 58 de Madrid que en octubre de 2022 desestimó su demanda. En la sentencia, dictada el pasado 23 de mayo (número 220/2024), los magistrados Francisco Moya Hurtado (presidente), Ángel Luis Sobrino Blanco (ponente), Ángel Luis Sobrino Blanco y Carlos López-Muñiz Criado culpan a los profesionales de “conducta negligente omisiva”. No obstante, absuelven a Bolsa y Mercados Españoles (BME), a quien Asufin también responsabilizaba del fraude. De ahí que la estimación sea parcial. 



La Audiencia carga contra la consultora «al no haber impedido la publicación de una información gravemente errónea sobre la actividad y situación patrimonial y financiera de la sociedad cuyas acciones eran objeto de cotización en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB)”. Señala que esta negligencia “fue causalmente determinante de una sobrevaloración artificial del precio de las acciones que, al conocerse la situación real de la entidad al publicarse (…) dio lugar al desplome de la cotización de las acciones” con el consiguiente “grave perjuicio a los accionistas”.



La resolución todavía no es firme. Contra la misma cabe recurso extraordinario de casación ante la Sala Primera del Tribunal Supremo.

Para la presidenta de Asufin, esta sentencia “supone una excelente noticia, no sólo para el centenar y medio de afectados por el fraude de Gowex, sino que también lanza un mensaje para el mercado: el pequeño accionista tiene sus derechos y hay que protegerlos; los profesionales de la consultoría están preparados, y deben asumir esa responsabilidad, para garantizar que las operaciones salen al mercado con las cuentas claras”.

Patricia Suárez, presidenta de Asufin. (Imagen: Asufin)

Añade que “la Audiencia reconoce la legitimación de las asociaciones de consumidores para defender a los inversores minoristas, una gran noticia para los usuarios financiera». Asufin espera que «todos los organismos responsables de supervisar y garantizar la integridad de las operaciones que cotizan en los mercados españoles, en especial, en los pensados para start-ups, que requieren mayor supervisión por el riesgo que entrañan –en su momento el MAB; hoy el BME Growth– tomen buena nota de las consideraciones vertidas por nuestros jueces en esta sentencia”.

Óscar Serrano Castells, abogado de Colectivo Ronda, quien ha ejercitado la dirección letrada del proceso de reclamación, afirma que sentencia “acude en defensa de la credibilidad del sistema bursátil español y de los intereses de este numeroso grupo de pequeños accionistas de la empresa cuya adquisición de las acciones se fundamentó en la errónea creencia de que invertían en una empresa solvente y con excelentes perspectivas de futuro cuando, en realidad, lo hacían en un verdadero fraude, un mero espejismo».

Indica que esto los accionistas «no podían saberlo con anterioridad a que Gotham City Research descubriera y publicitara la falsedad de las cuentas públicas de Gowex», y que «la tarea de velar por la integridad y exactitud de esa información correspondía a E&Y, quien durante cuatro años incurrió en dejadez culpable de sus funciones y responsabilidades».

«Si E&Y hubiera cumplido con sus obligaciones, miles de accionistas que compraron sus acciones basándose en la legítima expectativa de invertir en una empresa sólida y solvente no hubieran padecido el perjuicio patrimonial que han tenido que soportar durante casi diez años”, sentencia.

EY era la empresa designada por Gowex para actuar como “asesor registrado”, una figura incluida en la reglamentación del Mercado Alternativo Bursátil entre cuyas funciones está la de transmitir a Bolsas y Mercados Españoles, regulador del MAB, la información y los datos relativos a las empresas participadas que se acaban facilitando al Mercado y haciéndose públicos. 

Audiencia Provincial de Madrid. (Imagen: E&J)

Sin embargo, tal y como se denunciaba desde Asufin y Colectivo Ronda, la actuación profundamente deficiente de EY en su condición de asesor registrado a la hora de realizar la supervisión, seguimiento y valoración de la información proporcionada por Gowex favoreció la difusión pública de datos “gravemente erróneos sobre la actividad y situación patrimonial y financiera” de la compañía, “con el consiguiente perjuicio grave de los accionistas que, confiando en la veracidad de la información ofrecida en el Mercado Alternativo Bursátil en el que dichas acciones cotizaban, habían adquirido las acciones pagando por ellas un precio totalmente irreal y ficticio”.

El artificio de Jerano García

Asufin señala que la empresa Gowex, presidida por Jenaro García y dedicada a la creación y gestión de redes WIFI de acceso gratuito, debutó en el MAB en medio de gran expectación en marzo de 2010. «Lo hizo con una valoración de sus acciones de 3,5 euros, pero este precio se incrementó rápidamente por los constantes anuncios de nuevos contratos y acuerdos de colaboración con ayuntamientos, administraciones y entidades para el suministro de puntos WIFI. En solo cuatro años, la revalorización de las acciones se situaba en un espectacular 470% y el valor de la empresa en Bolsa alcanzaba los 1.400 millones de euros», recuerda.

Añade que «sin embargo, tan fulgurante ascenso se vio súbitamente truncado el 1 de julio de 2014, cuanto no habían transcurrido ni cuatro meses desde que el entonces presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, hubiera entregado a García el premio Start-Ex como mejor proyecto de emprendimiento tecnológico». «Ese día se hizo público un demoledor informe a cargo de la firma de análisis financiero Gotham City Research que alertaba sobre la falsedad de la información contable proporcionada por la empresa, advirtiendo que más del 90% de los ingresos declarados por la compañía presidida por Jenaro García eran inexistentes«, indica esta asociación.

A los pocos días de la publicación del informe y tras negar en un primer momento la veracidad de la información hecho pública, finalmente los responsables de GOWEX admitieron el falseamiento de las cuentas y la exactitud de lo revelado por la firma de análisis, provocando el inmediato derrumbe de la empresa y la pérdida de valor de la totalidad de inversiones realizadas en la compañía.

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