El TSJCat eleva de 800 euros a 20.700 una indemnización impuesta a Correos por despido improcedente
Al tener en cuenta que debe tener un carácter disuasorio e indemnizatorio, se deben computar todos los contratos
(Imagen: UGT)
El TSJCat eleva de 800 euros a 20.700 una indemnización impuesta a Correos por despido improcedente
Al tener en cuenta que debe tener un carácter disuasorio e indemnizatorio, se deben computar todos los contratos
(Imagen: UGT)
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) ha elevado considerablemente el importe de una indemnización impuesta a Correos por un despido improcedente, pasando de los 823,90 euros que fueron fijados en primera instancia a casi 20.700.
Al haberse incrementado sustancialmente el importe de la indemnización, concede de nuevo a la empresa la posibilidad de optar entre la readmisión y la extinción indemnizada –artículo 111.1 de la Ley reguladora e la jurisdicción social (LRJS)–.
Desde 16 de agosto de 2010 al 31 de diciembre de 2022, las partes suscribieron 37 contratos temporales para realizar tareas de reparto. Los contratos formalmente suscritos al amparo del artículo 3 del Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, o 15 del vigente Estatuto de los Trabajadores (ET), fueron realizados o mantenidos en fraude de ley o abuso de Derecho, según consideró la sentencia de instancia del Juzgado de lo Social número 2 de Terrassa, por lo que declaró la improcedencia de la extinción, efectuada el 31 de diciembre de 2022, dictaminando que la extinción del último contrato fue ineficaz porque provenía del fraude en la sucesiva contratación temporal del trabajador. Pero no valoró adecuadamente la totalidad del tiempo de prestación de servicios a efectos del cómputo de la indemnización, utilizó el parámetro de 8 de agosto de 2022.
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