La videovigilancia como prueba en procedimientos laborales: admisibilidad y práctica procesal en los Tribunales
La jurisprudencia del Tribunal Constitucional destaca la necesidad de informar a los trabajadores sobre la instalación de cámaras de videovigilancia para proteger sus derechos de privacidad
(Imagen: E&J)
La videovigilancia como prueba en procedimientos laborales: admisibilidad y práctica procesal en los Tribunales
La jurisprudencia del Tribunal Constitucional destaca la necesidad de informar a los trabajadores sobre la instalación de cámaras de videovigilancia para proteger sus derechos de privacidad
(Imagen: E&J)
La utilización de la videovigilancia como medio probatorio en procedimientos laborales, especialmente en casos de despido, se ha convertido en un tema recurrente en la práctica jurídica moderna, a raíz de la evolución de las tecnologías y los marcos legales aplicables. La jurisprudencia, tanto de los tribunales españoles como del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), ha delineado un marco que regula cuidadosamente su admisión y el respeto por los derechos fundamentales de los trabajadores.
Marco normativo y jurisprudencial
La Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) y la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) son claras en sus artículos 90 y ss. y 382 respectivamente, sobre la admisibilidad de los medios de prueba en el ámbito laboral, tal y como nos explica el despacho de abogados en Barcelona, Català Reinón Abogados. Estas disposiciones permiten que se utilicen grabaciones de videovigilancia como prueba documental en juicios, siempre que se cumplan ciertos requisitos de transparencia y proporcionalidad.
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