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Jurisprudencia

La empresa puede retractarse de un despido que ha comunicado si lo hace durante el plazo de preaviso

El trabajador ya había demandado a la empresa, sin embargo, no podía reclamar porque el contrato todavía no se había extinguido

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 3 min



Jurisprudencia

La empresa puede retractarse de un despido que ha comunicado si lo hace durante el plazo de preaviso

El trabajador ya había demandado a la empresa, sin embargo, no podía reclamar porque el contrato todavía no se había extinguido

(Imagen: E&J)



El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León falla que es válido que el empresario se retracte de la rescisión del contrato que preavisó, mientras la prestación de servicios continúa y el contrato sigue vigente.

La Sala de lo Social ha concluido en una reciente sentencia, disponible en el botón ‘descargar resolución’, que como el contrato permanece vivo mientras el despido no se hace efectivo, la retractación empresarial producida antes de que llegue ese momento —el fin de la relación laboral— “es válida y produce como efecto principal el de que el contrato no llegue a extinguirse”.



El Tribunal afirma en este sentido que, el preaviso es simplemente el anuncio previo de que próximamente se va a rescindir el contrato, pero se trata sólo de una advertencia que se hace por exigencia de la Ley para prevenir al otro de algo que se realizará. Por lo que el contrato no se extingue ese día, sino aquél en el que se decide el cese y se liquida, tal y como establece el artículo 49.2 del Estatuto de los Trabajadores.

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