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Casi tres años de cárcel para un administrador de fincas que se apropió de 175.000 euros de una comunidad de propietarios

Aprovechando que se estaban realizando obras de gran envergadura en el edificio, comenzó a cargar recibos, cobrar cheques y realizar transferencias a su cuenta

El TSXG ha ratificado la condena que la Audiencia de Pontevedra le impuso el pasado mes de febrero. (Imagen: E&J)

Rosalina Moreno

Redactora jefa




Tiempo de lectura: 4 min



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Casi tres años de cárcel para un administrador de fincas que se apropió de 175.000 euros de una comunidad de propietarios

Aprovechando que se estaban realizando obras de gran envergadura en el edificio, comenzó a cargar recibos, cobrar cheques y realizar transferencias a su cuenta

El TSXG ha ratificado la condena que la Audiencia de Pontevedra le impuso el pasado mes de febrero. (Imagen: E&J)



El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado dos años y ocho meses de cárcel a un administrador de fincas que se apropió de 175.263,70 euros de la cuenta de una comunidad de propietarios de Pontevedra. Posteriormente, la comunidad pudo recuperar 6.500 euros solicitando al banco la devolución de los últimos recibos.

Según los hechos probados, el condenado cargó entre 2018 y 2020 en la cuenta bancaria de los afectados distintas cantidades de dinero en favor de dos empresas de las que era socio único y administrador único,  con ánimo de enriquecerse.



La Sala de lo Civil y Penal del alto tribunal gallego ha desestimado el recurso de apelación que interpuso contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra (Sección Segunda) que le impuso esta condena el pasado mes de febrero por un delito de apropiación indebida cualificado por el importe de la defraudación.

Además de la pena de cárcel, se le ha impuesto una multa de 2.700 euros, y tendrá que indemnizar a la comunidad de propietarios con el dinero que se embolsó, respondiendo la mercantil Innovación, Productividad y Gestión solidariamente 42.073 euros, y de 89.211 euros Ponfincas Multiservicios.



(Foto: E&J)



«Estos hechos ocurrieron en una comunidad de propietarios de un edificio de 9 bloques, con 155 viviendas. Con lo cual, es una comunidad donde cobra especial relevancia la confianza en un administrador de fincas, que es quien asume el peso en la llevanza de las cuentas de la misma», señala a Economist & Jurist el abogado de que ha llevado el caso asistiendo a la comunidad, Javier González Villar, socio-director de Lener en Galicia. 

Según explica, el pastel lo descubrió una empleada de la administración de fincas, que «empezó a verificar que se podrían haber estado cobrando en la cuenta cantidades que no se correspondían a ningún servicio prestado». 

A juicio del abogado de la comunidad de propietarios, la Justicia se ha quedado corta en la pena de prisión, dado que «la cuantía defraudada es muy elevada y el número de afectados también»

A partir de ahí, la comunidad de propietarios cambió de administrador. Puso el caso en manos de González Villar y contrató también los servicios de una firma de auditoría, comprobando «la importante cantidad que estaba sin justificar». 

El letrado destaca que la operación defraudatoria del condenado había pasado desapercibida porque se estaban realizando unas obras de gran envergadura. «Aprovechando esta coyuntura, logró encajar todos los cargos en cuenta. Su modus operandi consistió en cargar recibos, cobrar cheques y realizar transferencias a su favor o al de sus empresas», explica el letrado. Una pesadilla que ha durado «desde 2018 hasta julio de 2020, cuando se le puso fin».

El abogado Javier González Villar está especializado en Procesal, Civil, Penal y Concursal. (Imagen: E&J)

A juicio del abogado de la comunidad de propietarios, la Justicia se ha quedado corta en la pena de prisión, dado que «la cuantía defraudada es muy elevada y el número de afectados también».

Cargaba cobros sin más indicación que la de «por obras»

El tribunal motiva su resolución basándose en las declaraciones de una testigo que afirma que el condenado le hacía pasar cobros que alcanzaban los 10.000 euros a cargo de la comunidad, sin más indicación que la de «por obras». 

Además, el tribunal corrobora este testimonio con el de la entonces presidenta de la comunidad, que nunca llegó a recibir ninguna factura. También, con la declaración del actual administrador de fincas, que comprobó que había muchos movimientos de cargos que no encontraban justificación y gastos sin documentación; y con la de la perita, que afirma que los cheques y transferencias no están justificados porque las facturas proforma carecen de validez legal y fiscal.

Los hechos, al detalle

En marzo de 2013, la comunidad de propietarios designó como administradora de fincas a la entidad Innovación, Productividad y Gestión SL, de la que el condenado adquirió en julio de 2016 la totalidad de las participaciones y se nombró administrador único de la misma. 

Por la prestación de sus servicios, se cargaba mensualmente en la cuenta de la comunidad de propietarios 726 euros en favor de esta empresa, hasta octubre de 2018, y desde noviembre de 2018 y hasta julio de 2020, el recibo mensual por la prestación de este servicio se cargó a favor de la entidad Ponfincas Multiservicios S.L., de la que él también era socio y administrador único.

(Foto: E&J)

Durante dicho período, cargó dos veces la mensualidad de 726 euros en noviembre de 2018 y en marzo de 2019, y realizó otros cargos que tenían como beneficiario a Innovación, Productividad y Gestión y que no estaban justificados, entre ellos uno de 5.000 euros, otro de 3.000, otro de 2.382 euros, otro de 6.500 euros y otro más de 5.200 euros. En total, constan cargos injustificados y en beneficio de sus empresas, por valor de 44.322,09 euros

También realizó numerosas transferencias bancarias desde la cuenta de la comunidad de propietarios en favor de las entidades que él administraba, haciendo suyos un total de 55.188 euros, y cobró numerosos cheques sin justificación, emitidos por él, la mayoría de las veces al portador, por un importe total de 74.301 euros.

La sentencia, dictada el pasado 2 de julio, la firman los magistrados José Antonio Varela Agrelo (presidente), Fernando Alañón Olmedo y Carlos Suárez-Mira Rodríguez (ponente). Todavía no es firme, ya que contra la misma cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo. El abogado de la comunidad de propietarios confía en que se declare firme. 

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