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Legislación

Es ilícito tratar con fines promocionales los datos de carácter personal de las particulares que aparecen publicados en el BOPI

Los agentes de la propiedad industrial no pueden usar esa información para contactar con las personas que aparecen en el Boletín y con las que no tienen una relación previa de clientela

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 4 min



Legislación

Es ilícito tratar con fines promocionales los datos de carácter personal de las particulares que aparecen publicados en el BOPI

Los agentes de la propiedad industrial no pueden usar esa información para contactar con las personas que aparecen en el Boletín y con las que no tienen una relación previa de clientela

(Imagen: E&J)



Los agente de la propiedad industrial no pueden usar los datos personales de las personas que aparecen publicados en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial (BOPI) para ponerse en contacto con ellas con el fin de ofrecerles sus servicios.

Así ha fallado la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en una resolución —disponible en el botón ‘descargar resolución— en la que afirma que las prácticas de promoción de estos agentes, para captar nuevos clientes, efectuadas con aquellas personas con las que no ha tenido nunca una relación previa de clientela, supone un uso ilícito de los datos.



En este sentido, la AEPD afirma que los agentes de la propiedad industrial no pueden usar los datos de las personas publicados el BOPI para contactar con ellas realizando “prácticas de promoción de su actividad”, ya que ha de prevalecer el interés o el derecho fundamental a la protección de datos personales del interesado, “quien no ha hecho público voluntariamente dichos datos en el BOPI, sino que su publicación viene impuesta por la ley a los efectos establecidos en la misma, que son los de permitir a los terceros interesados oponerse a la solicitud o registro de la marca”.

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