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Cuándo es legal tributar en el extranjero: un análisis del caso de David Sánchez, hermano del presidente

La Agencia Tributaria ha concluido que, desde un punto de vista estrictamente fiscal, su residencia en Portugal es legal

David Sánchez, hermano del presidente, junto a Begoña Gómez, mujer del presidente. (Imagen: RTVE)

Sara Zarzoso

Redacción E&J




Tiempo de lectura: 3 min

Publicado




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Cuándo es legal tributar en el extranjero: un análisis del caso de David Sánchez, hermano del presidente

La Agencia Tributaria ha concluido que, desde un punto de vista estrictamente fiscal, su residencia en Portugal es legal

David Sánchez, hermano del presidente, junto a Begoña Gómez, mujer del presidente. (Imagen: RTVE)



David Sánchez Pérez-Castejón, hermano del presidente del Gobierno Pedro Sánchez, se encuentra desde hace semanas en medio de una compleja investigación judicial que ha derivado en su imputación por cinco delitos graves: prevaricación, malversación, tráfico de influencias, delito contra la Hacienda Pública y delito contra la Administración Pública.

Este proceso se inició tras descubrirse que David Sánchez había acumulado un patrimonio de más de dos millones de euros, una cifra visiblemente desproporcionada considerando que sus ingresos declarados en los últimos cinco años apenas superan los 220.000 euros.



La situación se complicó aún más cuando se supo que el hermano del presidente había trasladado su residencia fiscal a Portugal en 2021, afirmando que no tenía obligación de tributar en España, a pesar de que su principal fuente de ingresos proviene de su trabajo como jefe de la oficina de las Artes Escénicas en la Diputación de Badajoz.

Este traslado de residencia fiscal, aunque legal en principio, generó sospechas debido a la ausencia de ingresos extranjeros que justificaran su estancia en Portugal y a la falta de solicitud de compatibilidad para ejercer actividades privadas adicionales en contraposición a su cargo público. De hecho, un documento de la Diputación de Badajoz confirmó que David Sánchez nunca solicitó autorización para llevar a cabo actividades privadas que pudieran generar ingresos adicionales.

A pesar de estas sospechas, recientemente la Agencia Tributaria ha concluido que, desde un punto de vista estrictamente fiscal, su residencia en Portugal es legal, ya que no ha permanecido más de 183 días en territorio español desde 2021, cumpliendo así con las condiciones establecidas a nivel estatal.



No obstante, la investigación judicial sigue su curso, enfocándose en cómo David Sánchez pudo acumular un patrimonio tan elevado con ingresos declarados tan bajos y si utilizó su posición pública para obtener ventajas indebidas. Además, su negativa a declarar y pagar impuestos en España, a pesar de tener su principal fuente de ingresos en Badajoz, se mantiene como uno de los puntos clave de la investigación.

(Imagen: Agencia Tributaria)

Implicaciones legales de tributar fuera de España

La legislación española establece que un individuo es considerado residente fiscal en España si pasa más de 183 días en territorio español durante un año natural, tiene en España el núcleo principal de sus actividades económicas o intereses económicos, o si su familia cercana reside en España. En el caso de David Sánchez, el hecho de que trabaje para una entidad pública española y que su principal fuente de ingresos provenga de esta actividad podría indicar que su centro de intereses económicos está en España.

Sin embargo, al trasladar su residencia fiscal a Portugal y cumplir con los requisitos de permanencia fuera de España, Sánchez se ha acogido a la normativa entre ambos países. Este convenio permite que los ingresos obtenidos en España por un residente fiscal en Portugal estén sujetos al Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) en lugar del IRPF, siempre que se cumplan ciertas condiciones, como no superar los 183 días en España. Esto podría explicar por qué Hacienda ha avalado la legalidad de su residencia fiscal en Portugal.

No obstante, para que esta situación sea completamente legal, Sánchez debería haber demostrado la existencia de ingresos significativos en Portugal u otros países que justificaran su traslado, además de haber solicitado las autorizaciones necesarias para cualquier actividad económica adicional que pudiera estar realizando. La falta de estas solicitudes y la insuficiencia de pruebas que respalden ingresos externos debilitan su posición y aumentan las sospechas de que podría estar utilizando la residencia en Portugal para evitar sus obligaciones fiscales en España.

Este escenario se complica aún más si consideramos que David Sánchez, quien desde 2021 es residente fiscal en Portugal, ocupa el cargo de jefe de la oficina de las Artes Escénicas de la Diputación de Badajoz, con un sueldo anual de 55.670 euros. A lo largo de los últimos años, ha declarado ingresos anuales que varían significativamente, desde 17.616,11 euros en 2021 hasta 75.957,62 euros en 2023. Además, posee una vivienda en el barrio de Fuencarral en Madrid, la cual tiene alquilada y que le genera ingresos adicionales.

Pese a esto, la Agencia Tributaria ha concluido que, desde un punto de vista tributario, la residencia fiscal de David Sánchez en Portugal es legal, y no se han detectado indicios de delito fiscal contra la Hacienda Pública. Esta conclusión se basa en su cumplimiento de las normas de permanencia fuera de España.

Sin embargo, aún quedan varios aspectos por esclarecer. La justificación de su patrimonio, muy superior a sus ingresos declarados, y la falta de autorización para realizar actividades privadas son puntos clave que podrían influir en el desenlace judicial del caso. La investigación también deberá determinar si realmente su residencia fiscal en Portugal responde a una situación económica legítima o si ha sido un intento de evadir impuestos en España.