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Jurisprudencia

Condenada una empresa a indemnizar con 8.000 euros a su abogada al registrar su despacho sin su consentimiento ni presencia

La empleadora vulneró el derecho a la intimidad de la trabajadora tras despedirla al forzar las cerraduras de los cajones para recoger los enseres personales que esta tenía

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 3 min



Jurisprudencia

Condenada una empresa a indemnizar con 8.000 euros a su abogada al registrar su despacho sin su consentimiento ni presencia

La empleadora vulneró el derecho a la intimidad de la trabajadora tras despedirla al forzar las cerraduras de los cajones para recoger los enseres personales que esta tenía

(Imagen: E&J)



El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado a una empresa a indemnizar con 8.000 euros a la abogada de la mercantil porque una vez que fue despedida se registró el despacho de ésta sin su consentimiento y sin su presencia, ni la de nadie del comité de empresa.

Así ha fallado la Sala de lo Social en una sentencia, disponible en el botón ‘descargar resolución’, en la que ratifica que la actuación de la mercantil supone una vulneración del derecho a la intimidad de la extrabajadora.



Pues, el mismo día que la empresa se ofreció a devolverle sus objetos personales, procedió a registrar el despacho de la trabajadora, forzando un armario cerrado con llave y accediendo a la cajonera de la mesa del escritorio en la que se encontraban enseres personales y material de trabajo; todo ello sin cerciorarse de que la trabajadora hubiese recibido la carta de despido, sin su presencia, y sin la presencia de nadie del comité de empresa o de cualquier otro empleado.

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