No cabe obligar a uno de los cónyuges a asumir el uso exclusivo de la vivienda común en caso de divorcio
(Imagen: E&J)
No cabe obligar a uno de los cónyuges a asumir el uso exclusivo de la vivienda común en caso de divorcio
(Imagen: E&J)
La Audiencia Provincial de Logroño ha determinado que un excónyuge tiene derecho a que se anule la adjudicación a su favor del uso de la vivienda común durante seis meses al año, especialmente si su situación de salud impide el uso del inmueble; pero no puede exigir que la expareja asuma el uso exclusivo de la vivienda, sobre todo si ésta no lo desea. Así, ha estimado parcialmente el recurso de una mujer que, tras separarse de su marido, sufrió un ictus y se fue a vivir a una residencia.
En el caso en cuestión (cuyo contenido puede consultarse pinchando en ‘descargar resolución’), la demandante buscaba la modificación de las medidas establecidas en la sentencia de divorcio, que le asignaban el uso de la vivienda familiar durante seis meses al año. La justificación de su solicitud se basaba en que, tras la sentencia, sufrió un ictus que le dejó con graves secuelas. Este evento le impidió utilizar la vivienda durante el período asignado, forzándola a trasladarse a una residencia geriátrica. Además, argumentó que su exesposo estaba usando el piso durante todo el año.
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