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Expertos convocados por ASNALA y el REICAZ denuncian la falta de implementación de los juicios telemáticos y los pleitos testigos

Estas medidas incluidas en el Rd6/2003 para modernizar la justicia y desatascar los juzgados no se han puesto en marcha todavía

Mesa redonda para hablar de las reformas de la jurisdicción social, con el abogado Javier Checa del Reicaz, flanqueado por las magistradas Elena Lumbreras y María José Ramo. (IMAGEN: ASNALA)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 6 min

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Expertos convocados por ASNALA y el REICAZ denuncian la falta de implementación de los juicios telemáticos y los pleitos testigos

Estas medidas incluidas en el Rd6/2003 para modernizar la justicia y desatascar los juzgados no se han puesto en marcha todavía

Mesa redonda para hablar de las reformas de la jurisdicción social, con el abogado Javier Checa del Reicaz, flanqueado por las magistradas Elena Lumbreras y María José Ramo. (IMAGEN: ASNALA)



En vísperas del XXIV Congreso de la Asociación Nacional de Laboralistas, (ASNALA) punto clave de reunión de los expertos en derecho del trabajo en nuestro país que tendrá lugar en Lleida los próximos 1, 15 y 16 de octubre, esta semana tuvo lugar en el Colegio de Abogados de Zaragoza, (REICAZ) organizado por esta asociación un interesante debate sobre el Rd ley 6/2003 que ha intentado trabajar en descongestionar los juzgados de lo social, tras la pandemia y la huelga de los LAJS y funcionarios colapsados.

Según ha explicado en varias ocasiones el ministro de Justicia Félix Bolaños, la entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2023 tendría como fin mejorar la eficiencia de los procedimientos judiciales para aliviar la saturación de los tribunales españoles, donde adolece especialmente en territorios con mayores tasas de litigiosidad como Cataluña y Andalucía.



El pasado 10 de enero, el Congreso de los Diputados convalidó el Real Decreto-Ley 6/2023 de 19 de diciembre. Una norma que incluye un amplio paquete de medidas para la transformación digital y procesal de la Administración de Justicia.

Si bien la mayoría de los operadores jurídicos, consultados por Economist & Jurist valoran positivamente esta regulación como un paso imprescindible para la necesaria digitalización de la justicia, también critican que no se les diese voz al tramitar la reforma mediante decreto ley.



“Tenemos una norma en vigor desde escasos meses que es este RD Ley 6/2003 muy rompedora en materia de modernización y digitalización de la justicia, en todos los órdenes, no solo en el laboral, pero por lo que nos ataña a los laboralistas, al orden jurisdiccional social, es una norma que si llega a aplicarse descongestionaría mucho la carga procesal de los juzgados. De esa forma no se demorarían mucho los procedimientos que en lo laboral son tan importantes para los trabajadores  y empresas” aclara Ana Gómez, socia de Ceca Magán Abogados y presidenta de ASNALA.



Para esta jurista, “el problema que tenemos en esta jurisdicción es que es una norma que aún no se está aplicando y eso es un drama. No se está aplicando porque se legisla a golpe de legislación pero no hay recursos económicos ni recursos materiales ni informáticos para los juzgados de lo social,  como puede verse en estos momentos”.

Desde su punto de vista es una quimera los juicios telemáticos “porque en el debate que hemos tenido en el Colegio de Abogados de Zaragoza la implementación de estos juicios digitales generan muchas dudas, tanto de realizar la prueba correctamente y los interrogatorios de los testigos, cómo se escucha. La norma desde el punto de vista teórico está bien pensada, pero a nivel práctico comprobamos que no se está aplicando”.

María José Ramo, vocal de la Junta Directiva de ASNALA y magistrada Suplente del TSJ de Navarra; Elena Lumbreras, magistrada de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón; Ana Gómez Hernández, presidenta de ASNALA; Javier Checa, presidente de la Sección Laboral de REICAZ. (IMAGEN: ASNALA)

Esta experta nos señala que este Rdley 6/2003 tiene cuatro medidas o ejes que podría ayudar a descongestionar el gran volumen de pleitos y asuntos pendientes que están tanto en los tribunales ordinarios como en los propios juzgados de lo social. En estos ejes se habla de la acumulación de los procedimiento. Que al resolverse un pleito, dicho pleito sirva para resolver el resto que sean muy parecidos al citado.

Ana Gómez nos aclara que esta iniciativa se puede hacer «a través de un mecanismo que se llevó a los juzgados de lo contencioso y es el llamado pleito testigo para la aplicación del efecto de la sentencia. Otra cuestión que se ha introducido en este RdLey es la elevación del límite para reclamar un monitorio que pasa a ser de hasta 15.000 euros. Y este tipo de procedimiento monitorio no exige conciliación previa».

Justicia colapsada

De acuerdo con los últimos datos del Consejo General del Poder Judicial, el pasado año los retrasos judiciales supusieron un gasto de casi cuatro millones de euros en Cataluña y más de un millón en Andalucía en concepto de reclamación de salarios de tramitación.

Por el contrario, Castilla y León, Cantabria, Galicia y Aragón registran los menores costes derivados de estas demandas que se interponen al Estado por la excesiva demora del proceso judicial con 18.980 euros, 22.780 euros, 29.198 euros y 64,675 euros respectivamente.

Precisamente, las medidas contenidas en la normativa pueden transformar el estado actual de congestión de la Justicia social y laboral en España, tal y como se puso de relieve en esta  jornada formativa organizada por la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA) y el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza (REICAZ) este 19 de septiembre.

El pleito testigo y la extensión de efectos introducidos en los órdenes civil y social por el Real Decreto-ley permitiría la resolución de casos múltiples con un mismo objeto de litigio, evitando la duplicidad de juicios.

 “Estas técnicas facilitarán a los profesionales que defienden los derechos de las empresas y trabajadores la obtención de un resultado igual al del pleito testigo sin la necesidad de realizar juicios que serán idénticos o muy similares”, explicó Elena Lumbreras, magistrada de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

Además, la magistrada señaló que, si bien estas herramientas no afectan a las garantías procesales de los procesos seleccionados, sí puede plantearse el problema de la dilación o demora de aquellos pleitos que quedan suspendidos en espera de la resolución del llamado pleito testigo.

No obstante, valoró que “va a tener una indudable incidencia para intentar aliviar la sobrecarga actual de los Juzgados de lo Social, buscando el objetivo de una justicia más ágil y evitando la reiteración de pleitos iguales. A esta misma finalidad obedece la nueva regulación introducida por el Real Decreto 6/2023 de la acumulación de procesos”.

Juicios telemáticos con problemas

La digitalización de los juicios laborales, que ahora pueden celebrarse de forma telemática, es otra de las grandes apuestas de la norma. Sin embargo, su implementación está suponiendo algunos desafíos. Junto a los problemas técnicos existentes de que funcione la aplicación esta también la necesidad de tener que implementar alguna reforma procesal y, al mismo tiempo, la obligatoriedad que los operadores jurídicos pasen por un programa formativo a fin de conocer el uso  de estas herramientas.

Hay que recordar que el primer juicio telemático que tuvo lugar en nuestro país fue en mayo del 2020, al que este periodista pudo estar presente de forma virtual y que se resolvió en 23 minutos cuando era un caso que llevaba ya dos aplazamientos.

Ana Gómez, presidenta de ASNALA y Antonio Morán, decano del REICAZ, dan la bienvenida a los asistentes a esta jornada. (IMAGEN: ASNALA)

El juicio se ha celebrado en el juzgado de lo contencioso-administrativo número 2 de Santander, cuyo titular, Luis Acayro, era el único que se encontraba en la sede judicial. La letrada de la administración de Justicia, los abogados de las dos partes y una treintena de público virtual ha participado desde sus casas.

Sin embargo pese a que el RdLey 6/2023 fue convalidado con el Congreso de los Diputados y se habló que a partir del 20 de marzo la opción mayoritaria fuera los juicios telemáticos, estos procedimientos digitales no han arrancado.

Uno de los magistrados que ha realizado juicios telemáticos en esta jurisdicción es Carlos Javier Galán, magistrado titular del juzgado de lo social número 14 de Sevilla, que en distintas declaraciones públicas ha indicado  que «no es de recibo que se pretenda generalizar el carácter telemático de las actuaciones judiciales manteniendo aplicaciones tan rudimentarias como las actuales que no están adaptadas a las circunstancias que constituyen un acto judicial».

El magistrado sabe de lo que habla porque, según destaca, ha realizado centenares de juicios telemáticos y entre 2020 y 2022 prácticamente el 50 % de los juicios que celebró contaron con la intervención a distancia de alguno de los representantes procesales de las partes.

Por su parte, la magistrada  Lumbreras advirtió que intervino en este debate en el REICAZ indicó que “esta medida debe ir acompañada de una dotación de medios económicos suficientes, algo que todavía está en rodaje y que resulta fundamental para aquellos órganos judiciales que no cuentan con los medios adecuados, sin olvidar que los ciudadanos no disponen de los sistemas electrónicos apropiados”.

Otra clave del Real Decreto-ley 6/2023 es la ampliación del límite de reclamaciones laborales de 6.000 a 15.000 euros a través del juicio monitorio, puesto que reduce la burocracia en los juzgados. Las personas trabajadoras podrán acceder a un procedimiento simplificado sin necesidad de pasar por el acto de conciliación previo.

Tanto la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA) como el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza (REICAZ) subrayaron la importancia de garantizar a los profesionales dedicados a la especialización laboral el acceso a formaciones como esta. “Es fundamental esa formación para que nuestros compañeros puedan beneficiarse de estas herramientas que tienen unas ventajas indudables”.

 En palabras de Ana Gómez, presidenta de ASNALA, “no se trata solo de comprender las novedades introducidas por normativas como este Real Decreto-ley, sino también de ponerlas en práctica de manera efectiva para mejorar la calidad de la Justicia Social”.

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