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Condenados a casi dos años de cárcel por coacciones a un hombre que portaba la bandera de España y ofensas racistas

La magistrada aprecia la agravante de discriminación 

(Imagen: E&J)

Rosalina Moreno

Redactora jefa




Tiempo de lectura: 4 min

Publicado




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Condenados a casi dos años de cárcel por coacciones a un hombre que portaba la bandera de España y ofensas racistas

La magistrada aprecia la agravante de discriminación 

(Imagen: E&J)



El Juzgado de lo Penal número 3 de Pamplona ha condenado a un año y nueve meses de prisión a dos individuos que el 12 de octubre de 2022 coaccionaron a un hombre que portaba la bandera de España con motivo de la celebración del día de la Hispanidad. 

La magistrada titular del Juzgado, Inés Hualde Juvera, ha estimado que en el delito de coacciones, concurre la agravante de discriminación del artículo 22.4 del Código Penal, como les imputó la Fiscalía. Dicho precepto contempla «cometer el delito por motivos racistas, al rechazar su condición de persona negra y su identificación ideológica con la Constitución y España.



Y ello dado que la «violencia física intimidatoria» ejercida contra la víctima —uno de ellos trató de darle un puñetazo y el otro de quitarle la enseña— «venía motivada por el hecho de portar la bandera española sobre sus hombros en un lugar donde se concentraban personas que iban a participar en una manifestación bajo el lema ‘Indar Errepresiboak Suntsitu’, de ideología diferente».

En este sentido, señala que el hombre declaró que se sintió «afectado y humillado» por no poder estar ni ir donde él quería, y que «sólo en España ocurre que alguien no pueda ir con su bandera».

Los condenados son vecinos de Pamplona y ambos tienen 31 años. Además de la pena de cárcel, se les ha impuesto que indemnicen a la víctima de forma conjunta y solidaria con 900 euros, y no podrán comunicarse ni aproximarse a él a menos de 50 metros durante dos años y nueve meses.



Manifestación en Cataluña en el Día de la Hispanidad. (Imagen: RTVE)

Fue humillado

Los hechos ocurrieron sobre las 18.30 horas en la plaza Navarrería, en el casco viejo de la capital navarra, donde este hombre, negro y de nacionalidad cubana, portaba una bandera de España sobre los hombros. Su presencia provocó malestar entre los presentes, lo que motivó que un varón comenzara a sacarle fotos, que una mujer entablara una discusión con él y otra persona se le acercara intercambiando escupitajos.

La juzgadora considera probado que «con ánimo de desprecio y rechazo hacia su persona por su color de piel y por el menosprecio y repudio a la ideología que consideraban representada por la bandera española que este portaba», y tras insistir el hombre que estaba en su país, con ánimo de que se fuera del lugar, uno de los penados le lanzó un puñetazo, que pudo esquivar, mientras que el otro intentó de forma violenta quitarle la bandera, todo ello acompañado de gritos de «fuera» e insultos de «beltza –negro–».

El agredido «se vio forzado a marcharse contra su voluntad, sintiéndose humillado, debiendo tomar el camino hacia la Plaza del Castillo sin poder subir hasta la calle del Carmen, que era su propósito inicial». 

La magistrada explica en la sentencia que para la acreditación de los hechos ha valorado las grabaciones aportadas por Navarra Televisión, así como los fotogramas de las imágenes obtenidas de las cámaras de videovigilancia del Ayuntamiento. Grabaciones que, según apunta, se intentaron evitar, impidiendo la labor de información tal y como se observa con los insistentes requerimientos de «dejar de grabar». 

La juzgadora destaca que no hay duda alguna sobre el intento de agresión de uno de los acusados y el intento de arrebatar la bandera por parte del otro. «Se dijo que éste último quería separarle del otro encausado, pero se ve con claridad en las imágenes que le agarra de la bandera y se tira hacia el lateral y no se le sujeta de los brazos o se le empuja para apartarlo. Sus gestos no revelan que quisiera ponerse en medio para evitar una pelea. Es más, se queda apartado a un lado», expone.

Fachada del Palacio de Justicia de Navarra. (Foto: EP)

Para la magistrada, los actos violentos de ambos como elemento definitorio del delito de coacciones han quedado plenamente acreditados: Uno, no sólo le intenta agredir, sino que también mantiene la actitud de pelea, y el otro, «claramente no interviene para separar a los implicados. Va de lado e intenta arrebatar la bandera, pero es que, además, se observa en las imágenes como llega incluso a ponerse una capucha colocándose detrás del resto de personas que ya estaban interviniendo».

La sentencia es la número 301/2024, de 30 de septiembre. Todavía no es firme, ya que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.

Delito de odio, según Movimiento contra la Intolerancia

«Es una sentencia ajustada a Derecho y estamos ante un delito de odio por motivos de hispanofobia y racismo», declara a Economist & Jurist Esteban Ibarra, presidente de Movimiento contra la Intolerancia. Este experto, con 35 años de lucha contra el discurso y los delitos de odio, señala que el mensaje de la sentencia «puede evitar el crecimiento de las conductas de hispanofobia, algo que se extiende por todo el país como una mancha de aceite, de la mano de grupos extremistas anticonstitucionales».

Además, la sentencia supone, según Esteban Ibarra, «un amparo a las víctimas  de la hispanofobia, porque frente a estos delitos se observa una infradenuncia significativa, creyéndose que hay una situación de impunidad ante los mismos».

Según informa Esteban Ibarra, la hispanofobia «ha crecido mucho en Cataluña, en el País Vasco y Navarra, fundamentalmente a partir de personas relacionadas con el independentismo, y en el resto del país con grupos extremistas, incluidos aquellos que asumen la leyenda negra y el rechazo a la idea de la España democrática».

El presidente de Movimiento contra la Intolerancia afirma que «se pondría fin a estos excesos en materia de delitos motivados por el odio si dispusiéramos de una ley integral contra los delitos de odio y de protección universal de la víctima», cosa que lleva reclamando, al menos, desde la entrada en vigor del Código Penal de la democracia, de 1995.

Esteban Ibarra, presidente de Movimiento contra la Intolerancia (MCI). (Imagen: E&J)