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Los administradores de las sociedades limitadas deberán pagar solidariamente las deudas devengadas si no inician la disolución a tiempo

(Imagen: E&J)

Sara Zarzoso

Redacción E&J




Tiempo de lectura: 5 min

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Los administradores de las sociedades limitadas deberán pagar solidariamente las deudas devengadas si no inician la disolución a tiempo

(Imagen: E&J)



Si los administradores de una sociedad limitada no inician su disolución en el plazo legalmente establecido, deberán pagar solidariamente las deudas generadas. Así lo ha resuelto la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo después de desestimar dos recursos de casación interpuestos en un conflicto sobre responsabilidad de administradores relacionado con una empresa que, pese a estar en situación de pérdidas, no fue formalmente disuelta.

La disputa en cuestión (cuyo contenido puede consultarse pinchando en ‘descargar resolución’) comenzó cuando un director-gerente fue trasladado a una nueva empresa que había sido constituida con un capital social mínimo y que ya enfrentaba problemas financieros desde sus inicios. Entre noviembre de 2009 y enero de 2010, veintiséis trabajadores, incluidos otros empleados, fueron transferidos a esta nueva sociedad, con la promesa de que se mantendrían sus condiciones laborales. Sin embargo, al poco tiempo, el director fue despedido sin justificación ni indemnización.



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