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Práctica Jurídica

Contrato de embajador de marca

(Imagen: E&J)

Tiempo de lectura: 3 min

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Práctica Jurídica

Contrato de embajador de marca

(Imagen: E&J)



CONTRATO DE EMBAJADOR DE MARCA

 



TÉRMINOS Y CONDICIONES

Este contrato establece los términos y condiciones bajo los cuales la persona identificada en este documento («el embajador de marca») acuerda actuar como agente distribuidor independiente de los productos y servicios de la empresa. Este acuerdo regula la relación entre ambas partes y define las obligaciones y derechos de cada una.

PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO



El presente contrato tiene como objeto la regulación de la relación jurídica entre la empresa y el embajador de marca. La empresa ofrece productos y servicios que serán promocionados y distribuidos por el embajador de marca a través de canales digitales o físicos, mediante métodos como la venta directa, el marketing digital, o cualquier otra modalidad acordada.

SEGUNDA: PRODUCTOS Y SERVICIOS COMERCIALIZADOS

El embajador de marca se compromete a promocionar y distribuir los productos y servicios proporcionados por la empresa, cuya descripción se detalla en la página web oficial de la misma. El embajador declara conocer los productos y servicios y estar dispuesto a comercializarlos bajo los términos de este contrato.

TERCERA: MARCA Y NOMBRE COMERCIAL

Los productos y servicios objeto de este contrato serán comercializados bajo las marcas registradas y nombres comerciales de la empresa, que podrán estar sujetos a cambios o ampliaciones de acuerdo con la estrategia comercial de la misma.

CUARTA: RESPONSABILIDAD DEL EMBAJADOR DE MARCA

El embajador de marca acepta que no existe ningún vínculo laboral entre él/ella y la empresa. El embajador gestionará su actividad de forma completamente independiente, siendo responsable de cumplir con las normativas fiscales y laborales aplicables en su país de residencia.

El embajador de marca se compromete a respetar el código ético y las políticas establecidas por la empresa en lo que respecta a la promoción y distribución de los productos y servicios.

QUINTA: DURACIÓN DEL CONTRATO

El presente contrato tiene una duración de un año a partir de la fecha de firma, renovable automáticamente, a menos que cualquiera de las partes notifique por escrito la intención de rescindirlo con al menos 30 días de antelación a la fecha de renovación.

SEXTA: RESCISIÓN DEL CONTRATO

Ambas partes pueden rescindir este contrato en cualquier momento, mediante notificación por escrito con al menos 30 días de preaviso. En caso de incumplimiento grave de cualquiera de las cláusulas por parte del embajador, la empresa podrá rescindir el contrato de manera inmediata.

SÉPTIMA: PROHIBICIÓN DE CESIÓN

El embajador de marca no podrá ceder este contrato, en todo o en parte, a terceros sin el consentimiento previo y por escrito de la empresa.

OCTAVA: NO EXCLUSIVIDAD

Este contrato no otorga exclusividad de actuación al embajador de marca, por lo que la empresa se reserva el derecho de firmar acuerdos similares con otros embajadores o distribuir directamente sus productos y servicios.

NOVENA: RESPONSABILIDAD LEGAL

El embajador de marca será responsable de cumplir con todas las normativas legales aplicables en cuanto a la promoción y venta de los productos y servicios de la empresa, incluyendo la legislación de protección al consumidor.

DÉCIMA: ABONO DE COMISIONES

El embajador de marca percibirá las comisiones acordadas por la venta de productos y servicios en los plazos establecidos por la empresa, siempre y cuando se haya completado correctamente el proceso de venta y la documentación correspondiente.

UNDÉCIMA: TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

El embajador de marca consiente el tratamiento de sus datos personales por parte de la empresa de conformidad con las normativas aplicables sobre protección de datos. Podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación y cancelación mediante solicitud escrita dirigida a la empresa.

DUODÉCIMA: FUERO Y LEGISLACIÓN APLICABLE

Para la resolución de cualquier litigio que pueda surgir en relación con este contrato, ambas partes acuerdan someterse a la jurisdicción de los tribunales del domicilio de la empresa, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponder.

Reconocimiento y firma

Al firmar este contrato, el embajador de marca reconoce que ha leído, comprendido y aceptado todas las cláusulas y condiciones aquí estipuladas.

Firma del embajador de marca: …………………..
Firma de la empresa: …………………………

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