El Gobierno, a través de la futura Ley de eficiencia organizativa, regularizará la situación de los jueces sustitutos
Este colectivo organizará el próximo viernes, 22 de noviembre, una jornada con juristas en el ICAM, donde explicarán dicho proceso de regularización
El Congreso de los Diputados incluye en su reforma de la Justicia una enmienda para regularizar a los jueces sustitutos. (Imagen: Moncloa)
El Gobierno, a través de la futura Ley de eficiencia organizativa, regularizará la situación de los jueces sustitutos
Este colectivo organizará el próximo viernes, 22 de noviembre, una jornada con juristas en el ICAM, donde explicarán dicho proceso de regularización
El Congreso de los Diputados incluye en su reforma de la Justicia una enmienda para regularizar a los jueces sustitutos. (Imagen: Moncloa)
El cambio del modelo organizativo de Justicia, que va a transformar a los juzgados individuales en tribunales de instancia, también va a generar la regularización de la situación de los jueces y juezas sustitutos (JJ. SS.) y de los magistrados y magistradas suplentes (MM. SS.), quienes se encuentran en abuso de temporalidad desde hace muchos años.
El pasado 14 de noviembre, el Congreso de los Diputados aprobó el Proyecto de Ley Orgánica de Medidas en materia de Eficiencia del Servicio Público de Justicia, en el que se introduce una disposición para regularizar a este colectivo profesional. Se trata de la disposición final decimonovena nonies (nueva) que, según señalan, tiene como finalidad «acabar con la temporalidad, aumentar el número de efectivos y fortalecer las carreras judicial y fiscal».
La disposición encarga al Gobierno que en «en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta Ley» presente en las Cortes Generales «un Proyecto de Ley Orgánica para garantizar el cumplimiento de los estándares europeos fijados en la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada, conforme a la interpretación realizada por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)».
«Este Proyecto de Ley Orgánica acomodará el régimen retributivo y de seguridad social de magistrados suplentes y jueces sustitutos a los principios de independencia económica y protección durante el servicio activo y la jubilación, conforme a lo dispuesto en el artículo 402 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ)», aclaran.
Jornada en el ICAM
El próximo 22 de noviembre, las asociaciones de JJ. SS. y MM. SS. organizan el encuentro Justicia interina: reformas, perspectivas futuras y el aval europeo. Esta jornada, que se celebrará en el Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), a partir de las 17.30 horas, tiene como objetivo dar visibilidad a la desconocida problemática de la judicatura interina en España y su tratamiento conforme a la normativa europea y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
El encuentro será el marco imprescindible para abordar el tema de la inminente regularización de los jueces interinos, que, de forma improrrogable y por imperativo de la Unión, se va a acometer a corto plazo de acuerdo con los estándares europeos. Además, contará con la participación de ponentes de prestigio, especialistas en la materia y representantes de asociaciones judiciales y grupos parlamentarios.
Esta jornada está abierta a juristas y medios de comunicación interesados en conocer de primera mano la situación actual de los jueces sustitutos y magistrados suplentes, así como la forma en que nuestro país va a estabilizar a este colectivo profesional, que lleva años en abuso de temporalidad y en condiciones laborales que no garantizan su independencia económica ni su debida protección social, actual y futura.
Ha quedado confirmada la intervención de Agustín Azparren, abogado, fiscal y magistrado jubilado, y exvocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), quien ha presentado, en nombre y representación del colectivo, denuncias en la Comisión Europea sobre la situación de los jueces sustitutos. Azparren aportará su conocimiento sobre la jurisprudencia europea, en particular la relativa a los magistrados honorarios italianos.
Junto a él, Enrique Santiago, portavoz de la Comisión de Justicia del Grupo Parlamentario Sumar, explicará los detalles de dicha disposición aprobada en el Proyecto de Ley. Por su parte, Javier Araúz de Robles, abogado de interinos, también hablará de esta regularización y del problema de la interinidad en el sector público.
En la misma mesa tomarán la palabra Santiago Soldevilla, magistrado de la Audiencia Nacional y juez del TGUE entre 2007 y 2013; Juan Fernando López Aguilar, eurodiputado; Raimondo Orrù, presidente de la Federazione del Magistrati Onorari di Tribunale de Italia; y Juan Gil, magistrado suplente de la Audiencia Nacional. Todos estarán moderados por Joaquín Ángel de Domingo, magistrado de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia.
Desde las asociaciones de JJ. SS. y MM. SS. explican a Economist & Jurist que quieren transmitir un clima de cordialidad y respeto mutuo con todos los miembros del Poder Judicial, “convencidos de que perseguimos un mismo fin: que en los Estados miembros de la Unión Europea se cumpla la legislación comunitaria, y que los tribunales de cada Estado interpreten y apliquen de manera uniforme la normativa europea y los mandatos del TJUE como tribunal supranacional”.
“Este es nuestro único interés. Nosotros no pretendemos acceder por atajos ni puertas traseras. Que el mérito y la capacidad, que son demostrados año tras año por los JJ. SS. y MM. SS. para ser nombrados, sean la guía para cumplir con los estándares europeos, y de conformidad con la jurisprudencia del TJUE”, afirman.
A tal efecto, dicha jurisprudencia es “aplicada ya de pleno en otros países de nuestro entorno, como es el reciente caso de Italia, donde los jueces honorarios, con competencias algo menores que las nuestras, han puesto en marcha su proceso de estabilización tras el dictado de la sentencia de 27 de junio de 2024”.
Los JJ. SS. y MM. SS. han batallado su discriminación en los tribunales durante años con poco éxito. “No contamos con un pronunciamiento del TJUE semejante por no haber sido planteada por los tribunales españoles una cuestión prejudicial. Solo la Comisión Europea ha tenido conocimiento de nuestra situación a raíz de las recientes denuncias presentadas por nuestro colectivo, con el único fin de que el Derecho de la Unión sea correctamente interpretado y aplicado”, señalan desde las asociaciones.
Un colectivo maltratado
Según datos del CGPJ, a fecha de 1 de enero de 2024, los jueces y magistrados sustitutos suman un total de 913, de los 5.416 que componen el Poder Judicial. Esto representa un 16,85% de la judicatura, de los cuales el 74,2% son mujeres (677 mujeres y 236 hombres). Estos jueces firman una quinta parte de las resoluciones judiciales en condiciones laborales inaceptables según los estándares de la Unión Europea.
A pesar de su importancia, este colectivo ha sido largamente ignorado en la reforma de la Justicia impulsada por el ministro Félix Bolaños.
Los operadores jurídicos consultados coinciden en señalar que dicha reforma carece de medios humanos suficientes. Aunque jueces y fiscales han solicitado mejoras en las plantillas debido a la elevada edad promedio y las próximas jubilaciones, nadie parece recordar a los jueces sustitutos.
Este colectivo, en una situación de clara discriminación, es el único que no ha contado con un plan de estabilización similar al implementado para otros profesionales interinos bajo la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
En el contexto de esta regularización, resulta clave el impacto de la reciente sentencia del TJUE sobre jueces honorarios italianos. Este fallo señala que no existe una razón objetiva para que dichos profesionales continúen en situación de fraude y exhorta al Gobierno italiano a poner fin a esta situación.
Un fallo que podría ser extensible a los jueces y magistrados sustitutos españoles, quienes se encuentran en una situación similar: plena disposición, sometidos a un estricto régimen de incompatibilidades y sujetos a nombramientos sucesivos que pueden alcanzar los 20 o incluso 30 años. Así lo han señalado algunos expertos a Economist & Jurist.
Es importante destacar que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en el Asunto C-41/23, referido a magistrados y fiscales honorarios en Italia, concluye que la normativa italiana infringe la Directiva 1999/70 al permitir el encadenamiento continuo de contratos temporales sin una sanción disuasoria efectiva para frenar este abuso.
Desde las asociaciones de jueces y juezas sustitutos, así como de MM. SS., que durante años han reivindicado la contraposición entre la normativa que los regula y el Derecho de la Unión, se hace un llamamiento al respeto, tanto hacia este colectivo como hacia los principios más elementales de un Estado social y democrático de Derecho.
“Europa ha hablado, y el Estado español avanza hacia una solución adecuada, por los cauces democráticos que nuestra Constitución prevé y garantiza, a la luz del Derecho de la Unión y de su debida interpretación y aplicación”, señalaron estas asociaciones a nuestra publicación.