El cambio de titularidad de la mascota no puede decidirse en el proceso de divorcio
La Audiencia Provincial de Lleida falla que esta cuestión debe resolverse en el seno del proceso ordinario que corresponda
(Imagen: E&J)
El cambio de titularidad de la mascota no puede decidirse en el proceso de divorcio
La Audiencia Provincial de Lleida falla que esta cuestión debe resolverse en el seno del proceso ordinario que corresponda
(Imagen: E&J)
La Audiencia Provincial de Lleida ha dictaminado que, en los procesos de divorcio no puede decidirse por sentencia el cambio de titularidad de la mascota del matrimonio, ya que esta controversia ha de resolverse en el seno del proceso ordinario que corresponda.
La sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’) llega a raíz de que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Tremp, en un fallo judicial por el cual declaraba la disolución de un matrimonio, acordase otorgar la guarda, custodia y cuidado del perro la chica de la pareja, “debiéndose de producir el cambio de titularidad del mismo”.
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