El artículo 47 de la Constitución y el fracaso del derecho a una vivienda digna: un deseo convertido en frustración
Contar con una vivienda digna se ha convertido en una preocupación de muchos españoles, no resuelta por los poderes públicos
Según el CIS, el problema de la vivienda se ha convertido en uno de los tres más importante para el ciudadano. (Imagen: E&J)
El artículo 47 de la Constitución y el fracaso del derecho a una vivienda digna: un deseo convertido en frustración
Contar con una vivienda digna se ha convertido en una preocupación de muchos españoles, no resuelta por los poderes públicos
Según el CIS, el problema de la vivienda se ha convertido en uno de los tres más importante para el ciudadano. (Imagen: E&J)
La vivienda como bien de primera necesidad es una de las tres preocupaciones de los españoles, según los últimos CIS. Pese a tener una salvaguarda al derecho a una vivienda digna en el artículo 47 de la Constitución, los resultados demuestran que estamos muy alejados de este escenario.
Los últimos gobiernos desde José María Aznar hasta la fecha han ido en dirección contraria, lo que ha generado que los alquileres se hayan disparado y las viviendas se hayan encarecido notablemente.
El desarrollo de la vivienda en nuestro país tuvo su eclosión a partir de los años 50 hasta los 90, sin demasiados problemas. Sin embargo, en los últimos treinta años la situación se ha torcido y los distintos Gobiernos no han dado con la tecla. Tener una vivienda en propiedad en su lujo y lograr un alquiler en alguna de las grandes ciudades de nuestro país casi una utopía.
En este reportaje recogemos las opiniones de algunos juristas vinculados a la vivienda en su actividad profesional que dejan claro el fracaso hasta el momento del derecho a la vivienda. Lo que más llama la atención del Ejecutivo de Sánchez es su falta de autocrítica en las políticas que han puesto en marcha sin resultados.
Para Dionisio Moreno, abogado especialista en derecho hipotecario y en evitar desahucios en nuestro país, el artículo 47 de la Constitución como principio rector de política social y económica continúa demostrando el fracaso de la sociedad de bienestar que se pregona de España.
Desde el punto de vista legal, el acceso a la vivienda en cualquier forma (arriendo, propiedad, préstamo …) resulta fuente de problemas cada vez más grandes que no tienen respuesta normativa adecuada y efectiva, consecuencia de un incumplimiento de las políticas públicas de vivienda y del descontrol del “mercado libre”, hasta el punto que se pisotean las condiciones de que las viviendas del mercado sean dignas y adecuadas y se permita que una habitación se alquile por el precio de una vivienda entera, o que se tenga que vivir en pisos con literas sin intimidad.
“Un primer paso específico ha sido la Ley 12/2023, del “derecho a la vivienda”. Como principio está bien, como desarrollo tiene que cambiar, y como conclusión no puede ser una Ley Omnibús para todos los problemas. Si se olvidan detalles como las disposiciones transitorias para las modificaciones procesales”, comenta.
Este experto indica que procesalmente se han tomado iniciativas de protección de sectores más vulnerables que muchos jueces ni tan siquiera tienen en consideración para intentar evitar un desahucio.
“Pero en la práctica se resuelve en los servicios sociales, los cuales no tienen medios más que para reconocer las situaciones de vulnerabilidad económica y habitacional pero sin alternativas”, comenta.
A su juicio, “esto da lugar a que en muchos casos los jueces no las tomen en consideración, y no paralicen desahucios de personas vulnerables sin alternativa habitacional para dejar la vivienda vacía, con puerta blindada y alarma anti-okupa que son los que al final hacen negocio de esta desgracia”.
Moreno cree que “para los problemas de “okupas” se han legislado medidas para solventar rápidamente la verdadera okupación, pero en la sociedad con ese estigma está incluido tanto el ejecutado hipotecario y el inquilino cumplidor al que le ha expirado el contrato y se le quiere duplicar la renta porque es lo que hay en el mercado para el que la especulación con un derecho básico (que debería ser fundamental y, de hecho, en Europa lo es). No debe tener límites”.
Este experto señala que “las normas autonómicas que instan a los grandes tenedores a ofrecer alquileres adecuados (y asumibles o “dignos” que no dejen en la miseria a los hogares), los partidos políticos las anulan en el Tribunal Constitucional y las limitaciones de precios en los arriendos se consideran obstáculos a la libertad de mercado, un mercado desigual, marcado por la necesidad de unos, y la codicia de otros”.
En su opinión, los pisos turísticos propician y fomentan el desahucio de edificios enteros contra lo que los inquilinos no pueden hacer nada porque la Ley no dispone de medios para evitar estos abusos. Y si se prohíben se está atacando a la libertad de mercado”.
También revela que “los servicios sociales, la mayoría de carácter municipal, no tienen medios para atender tanta situación de emergencia. Los ayuntamientos prefieren hacer plazas y fiestas en lugar de ejercitar los derechos de retracto en las subastas. Todavía estoy esperando a ver un retracto de alguna administración en una de las muchas ejecuciones que he tenido ocasión de conocer. Subrogarse es más barato que construir”.
Este jurista señala que “el Tribunal Constitucional ha tenido que ir corrigiendo la aplicación de estas normas a los órganos judiciales, pero esos razonamientos a pesar de que se les invoquen en los juzgados los limitan al caso concreto para ningunear el efecto erga omnes del artículo 5.1 LOPJ”.
Moreno cree que “para muestra de todo este desastre, baste mirar la tragedia de Valencia, donde se especula con la desgracia de la necesidad y se especulará con los precios de las viviendas más altas”.
Desde su punto de vista “la necesidad y el miedo son aprovechados por el mercado, y las leyes y su interpretación no ayudan a “disfrutar” de nada. En fin: que triste presente y funesto futuro tiene lo de disfrutar de vivienda digna y adecuada”
Nadie evalúa las políticas de vivienda
Por su parte, Sergio Nasarre, catedrático de Derecho Civil de la Universidad Rovira i Virgili y director de su cátedra UNESCO de Vivienda, recuerda que este artículo 47 “es un mandato al Gobierno para que hagan políticas públicas para conseguir vivienda digna y adecuada. Este tipo de políticas tendría que evaluarse exante y expost si se están cumpliendo o no los objetivos de dicho artículo. Este artículo está muy conectado con otros artículos el de familia que es el 19; con la propiedad privada, intimidad o libertad o el libre desarrollo de la personalidad”.
Para este jurista, “parece claro que uno no puede ser libre, o desarrollar su personalidad sino tiene esa vivienda. La vivienda es un presupuesto para conseguir otros derechos fundamentales. El problema es que hasta la fecha no se han hecho este tipo de evaluaciones exante que antes mencionábamos para comprobar si esas políticas se han evaluado y están en la dirección adecuada y que sacrificios genera para los derechos conexos o no los hay. Tampoco hay evaluación expost. Así es difícil cuál es el grado actual en nuestro país de este artículo 47 de la Carta Magna”.
Al final este experto señala que “nos tenemos que regir por datos objetivos de Eurostat, se trata de saber cómo estamos ahora en relación a años pretéritos de los peores años de la crisis, como los años que van del 2010 a 2012. Por lo que sabemos estamos igual. El sobreendeudamiento familiar en las ciudades es el mismo que hace diecisiete años. No son datos buenos, el problema es que estas políticas no se evalúan, no sabemos cuál ha funcionado o cuál no. En relación con otros países estamos bien, algo peor estos tres o cuatro años a causa de estas políticas actuales que parece no funcionan”.
Sin embargo, pese a ese empeoramiento en esos últimos años “comparado en el mapa macro de toda Europa estamos bien. En relación con los nórdicos estamos menos sobreendeudados, y en relación con la Europa del Este tenemos un stock inmobiliario y una tasa de infravivienda más baja que ellos. Por tanto, en endeudamiento como en calidad de las viviendas estamos bien en relación a la media europea. Pero debemos esforzarnos para mejorar, y en este escenario vamos un poco a ciegas al no evaluarse las políticas”.
En cuanto al anuncio del Presidente del Gobierno de crear una empresa pública para construir y gestionar vivienda “habrá que ver su desarrollo. Lo importante es que se creen políticas públicas claras para que más gente acceda a vivienda digna. En democracia los antecedentes de esta idea no han funcionado. Hemos tenido la Sociedad Pública de Alquiler y su fracaso que dejo 57 millones de deuda; al mismo tiempo hay otros organismos como el SEPES que gestiona el suelo o el Fondo Público de Viviendas en 2012 y 2013 para dar solución a la crisis. Gestionó solo 10.000 viviendas en toda España”.
Al mismo tiempo nos recuerda que el SAREB o banco malo tiene muchos activos aun “que están como congelados porque están mal situados u otros están okupados, se han ofrecido a CCAA y a empresas pero no los quiere nadie. Creo que al final hay que echar mano del derecho civil para que en ese marco actúen todos los actores, públicos o privados. La Ley de Vivienda no ha funcionado y que el Estado se arrogue esta capacidad de generar vivienda excluyendo la iniciativa privada llama bastante la atención y va en contra de la Constitución, además”.
Falta vivienda social
Joan Manuel Traytter, catedrático de Derecho Administrativo y presidente de la Asociación Española de Derecho Urbanístico, señala que, a pesar del mandato constitucional, que resulta claro y preciso, en la actualidad, España dispone de uno de los parques públicos de vivienda más bajos de toda la Unión Europea.
“De acuerdo con el Observatorio de Vivienda y Suelo y con la Asociación Española de Derecho Urbanístico (AEDUR), el parque social en España apenas representa el 2,5% de las viviendas principales del país frente al 9,3% de media de los países de la Unión Europea”, indica.
Para este jurista, «en consecuencia, podemos señalar que el derecho de acceso a la vivienda ha sido uno de los grandes olvidados en el Estado Social y Democrático de Derecho ya que, durante décadas, la política de vivienda pública ha sido prácticamente inexistente».
Desde su punto de vista, los problemas claves son, en primer lugar, «la baja construcción de vivienda protegida en España. De acuerdo con los datos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en el año 2022 apenas 9.221 viviendas protegidas de planes estatales y autonómicos obtuvieron la calificación definitiva en España (es decir, 19 por cada 100.000 habitantes)».
“El número de calificaciones definitivas de viviendas protegidas en España en 2022 es nueve veces inferior al registrado en 1997 (85.028 calificaciones) y siete veces inferior al registrado en 2008 (68.587 calificaciones). Asimismo, en el año 2023 se terminaron en España un total de 5.441 viviendas protegidas, lo que supone el valor mínimo desde el año 2019”.
Otra cuestión que ve problemática es la descalificación de las viviendas protegidas construidas. “Entre los años 1952 y 2016 se construyeron en España más de 6,8 millones de viviendas protegidas (un 26,6%). Estos casi 7 millones de viviendas protegidas no se han mantenido como tal sino que se han transformado en viviendas libres”, comenta.
Como tercer elemento, Trayter subraya “la falta de inversión pública. Durante los años 2009-2016, el gasto público del Gobierno central en materia de vivienda disminuyó en un 65% pasando de suponer el 0,3% del PIB al 0,15%, de acuerdo con los datos publicados en el Informe Defensor del Pueblo”.
Para Trayter, “en esta situación, el Presidente del Gobierno anunció la creación de una nueva empresa pública de vivienda para la construcción y la gestión de viviendas protegidas. Esta idea, que no es nueva pues tiene su origen inmediato en el modelo establecido en el País Vasco a través de la empresa pública Visesa (Vivienda y suelo de Euskadi, S.A.), se enfrente a distintos problemas que podríamos sintetiza en los siguientes”.
El primero, “la alta de capacidad administrativa para la gestión directa de la construcción de viviendas, dada la falta de estructura para manejar un proyecto de estas magnitudes. Al mismo tiempo la necesidad de reconvertir la entidad pública empresarial de suelo, SEPES”.
Este experto también indica que “los costes elevados y los recursos limitados que, a priori, tiene esta empresa, así como los ritmos de ejecución de los proyectos públicos que no siempre garantizan el cumplimiento de los plazos anunciados. Tampoco se ha clarificado el impacto que puede tener en el mercado inmobiliario”.
“En definitiva, una iniciativa prometedora para abordar la crisis habitacional pero que su éxito o fracaso dependerá del grado de eficacia de la Administración del Estado, de la capacidad de coordinación con las Administraciones Autonómicas y Locales y de la desburocratización de la planificación y la gestión urbanísticas”, comenta.