Adoptar en España: ¿misión imposible?
¿Merece la pena intentar iniciar un proceso de adopción de un niño español? Esta es la principal pregunta que se hace la gente cuando decide recurrir a la adopción para cumplir con su sueño de ser padre o madre
(Imagen: E&J)
Adoptar en España: ¿misión imposible?
¿Merece la pena intentar iniciar un proceso de adopción de un niño español? Esta es la principal pregunta que se hace la gente cuando decide recurrir a la adopción para cumplir con su sueño de ser padre o madre
(Imagen: E&J)
Cuando hablamos de adopción nos referimos a la medida de protección a la infancia en virtud de la cual se pretende que un niño o niña, que por determinadas circunstancias no puede seguir con su familia biológica, pueda tener una familia con los mismos requisitos legales que si se tratase de un vínculo biológico.
Para conocer y tramitar el expediente administrativo de adopción son competentes los Servicios de Protección de Menores de las Comunidades Autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla.
Dichos organismos deberán respetar lo dispuesto en los artículos 175 a 180 del Código Civil y en la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, sin perjuicio de que cada Comunidad Autónoma pueda fijar algún que otro criterio propio. En tal sentido hay que destacar, por ejemplo, que la Comunidad de Madrid da prioridad, a la hora de iniciar un proceso de adopción, a los residentes, a los casos en los que no haya más de 40 años de diferencia y a las parejas o matrimonios con respecto a las personas solteras cuando se pretenda adoptar a un menor de 3 años.
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