El Supremo establece que no procede la cesión de créditos futuros en contratos administrativos hasta consolidar el derecho de cobro
Aclara la doctrina sobre la cesión de créditos futuros en contratos administrativos
Fachada del Tribunal Supremo. (Imagen: Poder judicial)
El Supremo establece que no procede la cesión de créditos futuros en contratos administrativos hasta consolidar el derecho de cobro
Aclara la doctrina sobre la cesión de créditos futuros en contratos administrativos
Fachada del Tribunal Supremo. (Imagen: Poder judicial)
Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Tercera) núm. 1.329/2024, de 18 de julio de 2024. R. casación 5610/2021. Ponente: Excma. Sra. D.ª María Isabel Perelló Doménech.
Objeto del recurso de casación
La Diputación Provincial de Valencia interpone el presente recurso de casación contra la sentencia, de 18 de mayo de 2021, de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que resuelve el recurso de apelación dirigido contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Valencia.
La sentencia de la Sala del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana estima el recurso de apelación formulado contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso en la que se desestima el recurso contencioso-administrativo dirigido contra la resolución del Diputado Delegado de la Diputación de Valencia, de 14 de marzo de 2018, que desestima la reclamación de pago formulada por la mercantil CEPSA el 10 de octubre de 2017, relativa al pago de las certificaciones n.º 6 y 7 correspondientes a las obras de rehabilitación de plataforma y refuerzo de firme en la demarcación de Alzira, Carreteras CV-515, CV-523, CV-541, CV-543, CV-542 y CV-576 (AZ-345).
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