La abogacía reclama la introducción de la cláusula ‘rebus’ en el ordenamiento jurídico
Para solucionar "rápida y eficazmente" problemas contractuales generados por situaciones excepcionales
El ICAB ha presentado este jueves su propuesta legislativa para regularla. (Imagen: ICAB)
La abogacía reclama la introducción de la cláusula ‘rebus’ en el ordenamiento jurídico
Para solucionar "rápida y eficazmente" problemas contractuales generados por situaciones excepcionales
El ICAB ha presentado este jueves su propuesta legislativa para regularla. (Imagen: ICAB)
La abogacía ha presentado hoy en el Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB) una propuesta legislativa para poder introducir la cláusula rebus sic stantibus en el ordenamiento jurídico español con la finalidad de contar con una herramienta «eficaz y rápida» para contribuir a solucionar los problemas contractuales generados por situaciones de fuerza mayor.
La cláusula rebus sic stantibus es un principio general del derecho contractual que flexibiliza el principio del pacta sunt servanda, de manera que permite la modificación de las cláusulas de un contrato cuando, por el transcurso del tiempo, aparecen nuevas circunstancias que no fueron previstas en la redacción del contrato. Un principio que está regulado en países de nuestro entorno, como Portugal, Francia, Italia, Alemania y Holanda.
El pasado mes de diciembre, el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) reclamó al legislador que establezca normativamente cómo debe aplicarse la cláusula rebus sic stantibus en casos como la catástrofe de la DANA. El presidente del CGAE, Salvador González, hizo este llamamiento en el II Congreso Cláusula Rebus, celebrado en Valencia y organizado por el Consejo General, el ICAB, el ICAV y el ICA Sueca, donde destacados expertos en esta materia abordaron los retos y planteamientos jurídicos.
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