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Los abogados de AEAFA cuestionan el uso de la procedibilidad para ir a los MASC: «Generará dilaciones en muchos pleitos»

La problemática se abordará en las próximas Jornadas Centrales, ya que la ley alargará de forma injustificada muchos asuntos por tener que acudir a la negociación previa obligatoria

En las XXII Jornadas Centrales, la Junta directiva de AEAFA debatirá a fondo la Ley de eficiencia organizativa del Servicio Público de Justicia. (Imagen: AEAFA)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 8 min

Publicado




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Los abogados de AEAFA cuestionan el uso de la procedibilidad para ir a los MASC: «Generará dilaciones en muchos pleitos»

La problemática se abordará en las próximas Jornadas Centrales, ya que la ley alargará de forma injustificada muchos asuntos por tener que acudir a la negociación previa obligatoria

En las XXII Jornadas Centrales, la Junta directiva de AEAFA debatirá a fondo la Ley de eficiencia organizativa del Servicio Público de Justicia. (Imagen: AEAFA)



Todas las alertas se han encendido en los 2.700 abogados que configuran la Asociación Española de Abogados de Familia, agrupados en la AEAFA, ante la implementación de los MASC y su requisito de procedibilidad que genera muchas dudas en su implementación próxima, pese a las palabras del ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes que habla de sus ventajas, aunque su desarrollo genera muchas dudas.

La voz de los abogados de familia se ha unido al de otros colectivos, como el de los Letrados de la Administración de Justicia (LAJs), que en la reciente presentación del informe del CNLAJ sobre el papel de dicho colectivo —LAJs—en la nueva reforma de la Justicia, su presidente Ernesto Casado ya criticaba la implementación de la procedibilidad de los MASC —aun sin saber cómo se va a gestionar y quién lo paga—.



Este colectivo aprovechará las próximas XXXII Jornadas Centrales, que tendrán lugar los días 21 y 22 de marzo en Madrid, para debatir —con la ponencia de Julio Banacloche, catedrático de Derecho Procesal y vocal permanente de la Comisión General de Codificación— sobre la nueva Ley de eficiencia organizativa y, especialmente, la implementación de los métodos alternativos de solución de controversia (MASC) en los procedimientos Civil y de Familia.



La implementación de la reforma procesal de mediación preocupa a todos los operadores jurídicos. (Imagen: Ministerio de Justicia)



El análisis que ha hecho Álvaro Iraizoz, abogado de Familia y miembro de la junta directiva de AEAFA, sobre la Ley 1/2025 —que volvió a dejar fuera la obligatoriedad de la existencia de secciones especializadas, pese a lo que comentó el secretario de Estado de Justicia en otro foro de esta asociación— es un síntoma de lo poco que interesan los temas de Familia a este Gobierno. “La ley necesita de medios y personal humano para que no cree más problemas de los que tenemos ahora”, señala el secretario de AEAFA.

Desde su punto de vista “esta reforma nos afecta mucho como abogados de Familia, y también a nuestros clientes. Uno de los problemas que plantea la Ley, y que es el más importante para nuestro colectivo de abogados, es el tema de tener en cuenta el requisito de procedibilidad antes de interponer una demanda Civil o Mercantil en los juzgados. Hay que acreditar fehacientemente a partir del mes de abril, antes de interponer una demanda, que se ha intentado una negociación previa con la parte contraria. Este es un tema complicado y de gran calado”.

Iraizoz aclara que “no se exigirá esta negociación previa para las medidas previstas en el artículo 158 del Código Civil; tampoco para la adopción de medidas judiciales de apoyo a las personas con discapacidad; ni para las acciones de filiación, paternidad y maternidad; tampoco para la restitución o retorno de menores en los supuestos de sustracción internacional; ni pueden aplicarse los MASC a los conflictos de carácter Civil que sean competencia de los juzgados de Violencia sobre la Mujer”.

Álvaro Iraizoz, secretario de AEAFA, es consciente de que con el requisito de procedibilidad los asuntos se alargarán. (Imagen: AEAFA)

Para este abogado “en el llamado Derecho de Familia no creemos que fuera necesario interponer dicho requisito de procedibilidad cuando muchos procedimientos de mediación o negociación ya tienen sus tiempos. Creemos que se van a generar más problemas que soluciones. En Familia ya estaban muy implementados estos MASC, sin imposiciones, sobre todo la mediación y la conciliación privada, con un solo letrado o la negociación directa con los abogados de las partes. Eso se hace desde siempre”.

Al mismo tiempo señala que, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), “el 80% de los divorcios son de mutuo acuerdo. El requisito de procedibilidad en el Derecho de Familia va a generar muchas distorsiones. Creemos que va a haber una dilación de los asuntos cuando lleguen realmente a los tribunales, porque ese requisito requiere de unos tiempos y unos plazos. La ley lo regula, aunque luego habrá que ver las interpretaciones que hagan los jueces y LAJs del mismo. No es tan claro como nos gustaría”.

Para Iraizoz la duda que surge aquí es que “la norma dice que no podrán ser sometidos a MASC los conflictos que versen sobre materias que no estén a disposición de las partes, estableciendo el art. 751 de la LEC la indisponibilidad del objeto de los procesos especiales, es decir, los de Familia. Según lo cual también quedarían excluidos de la actividad negociadora obligatoria como requisito de procedibilidad los procedimientos matrimoniales o análogos cuando haya menores”.

“Sin embargo”, subraya, “jueces consultados por la AEAFA no están de acuerdo con esta visión restrictiva. Para ellos, es obligatorio someterse a un MASC antes de presentar demandas de separación o divorcio, de medidas paterno-filiales, y de modificación de medidas, haya o no hijos menores. Para estos jueces, pensar que la Ley 1/2025 a través de su artículo 4.1 restringe los MASC cuando existen hijos menores de edad en un conflicto entre los progenitores, implicaría un retroceso que va radicalmente en contra del espíritu de esta ley”.

Otra cuestión que indica Iraizoz es sobre las medidas provisionales: “Las medidas provisionales, al menos las previas, están exentas del requisito de procedibilidad. Así que habrá un incremento de estas demandas y una duplicidad de juicios para un mismo caso”.

El LAJ tendrá que supervisar todo

Lo que se sabe es que “los LAJs a la hora de admitir a trámite las demandas en el Derecho de Familia van a tener que supervisar si se cumple ese requisito de procedibilidad y si las partes lo han hecho bien. Hay que darse cuenta de que cada MASC que se utiliza de forma previa tiene una manera de implementarse. Hay MASC en los que están las partes, solo con un mediador; otros donde las partes van asistidas de sus respectivos abogados; y otros donde una parte va con abogado y otra no lo lleva. También hay MASC donde las partes se someten a un experto independiente”.

Desde AEAFA se insiste en que “nosotros no somos defensores de la mediación de uso exclusivo. Somos 2.700 abogados y cada uno implementa el método que mejor se adecua a cada caso. En nuestro caso creemos que el mejor MASC es la negociación directa por los abogados de Familia, donde dos abogados de Familia negocian ese acuerdo que reclaman las partes y está reconocido en la ley. Para nosotros es el más valioso porque tenemos experiencia en su implementación”.

Para Iraizoz, “hay distintas cuestiones sobre los MASC que nos generan inquietud. Sobre todo, saber a qué procesos de Familia se aplica ese requisito de procedibilidad porque hay una regla general que a los procesos de Familia del Libro IV de la Ley de Enjuiciamiento Civil se aplica ese requisito de procedibilidad, pero luego hay multitud de excepciones. Nosotros ya tenemos dudas sobre a qué procesos se aplica dicho requisito y a cuáles no, sobre todo cuando hay menores implicados”.

Otra cuestión que preocupa a los abogados de AEAFA “es el proceso de negociación previa y cómo se lleva a cabo y acreditarlo que se ha hecho de buena fe. La base de todo sobre esas negociaciones para evitar la vía judicial es la buena fe de las partes, pero ya sabemos que en muchas ocasiones hay una parte que no está interesada en el acuerdo. Esa parte puede maniobrar para dilatar la negociación previa. La ley marca los plazos; en su artículo 10 se señala cuando se da por concluido el proceso”.

Iraizoz explica que la norma “da 30 días a la otra parte para responder a la negociación que se abre, previa a la vía judicial, pero hay que acreditarlo. Ahora los burofaxes o correos electrónicos certificados recobran una importancia capital. Si esa persona contesta se abre la vía de negociación y entonces hay que hacer una propuesta. Eso hace que la otra parte tenga otros 30 días para contestar. Son dos meses mínimo. La ley también indica que si trascurren tres meses desde la primera reunión puede darse por concluida la negociación”.

En esta negociación que se abre entre las partes “hay que saber claramente donde enviar ese burofax o correo electrónico certificado para que haya un acuse de recibo. Hay que saber los datos de la otra parte para que recoja este requerimiento que le llega. Se necesita un acuse de recibo para tener claro que la otra parte lo ha recibido. Todo esto tendrá que ser certificado por los LAJs para saber que se ha hecho bien y conforme a los parámetros de la buena fe para que admitan a trámite la demanda. Puede haber muchas inadmisiones de demanda”.

De aquí al 3 de abril se observará una mayor actividad en los juzgados, “así nos lo han comunicado algunos magistrados de que hay un incremento notable de demandas. Los abogados quieren evitar esta nueva dilación que surge de la aplicación del MASC y su requisito de procedibilidad. Por todo ello, estamos observando que la acreditación de este requisito puede ser un problema serio si no se gestiona bien. Junto a esta cuestión, el tema de la confidencialidad también nos preocupa. En principio toda la información que salga a la luz en el proceso de negociación, si éste fracasa, no se puede utilizar en el proceso contencioso, a priori, pero habrá que ver cómo se garantiza”.

Imagen de las Jornadas Centrales del 2024. En esta edición, la Ley Eficiencia Organizativa y los MASC serán clave. (Imagen: AEAFA)

Es cuestión de buena fe

Álvaro Iraizoz reconoce que hay partes que llegan a este proceso de negociación “sin la buena fe que se prevé para acudir a este tipo de negociaciones. Puede generarse picaresca en todos estos trámites; también nos preocupa. A los abogados de Familia todas estas trabas o dilaciones para acudir a los tribunales es especialmente delicado. Los juzgados de Familia no están dotados de los medios adecuados y esto genera disfunciones importantes que creemos que, con este requisito de procedibilidad, sino se supervisa bien, puede generar más retrasos en dichos procedimientos”.

Para Iraizoz “es bueno gestionar las medidas de una familia en crisis de forma rápida y eficaz porque puedes evitar que ese asunto acabe siendo uno más de violencia doméstica con repercusiones insospechadas. Por desgracia, los tribunales de instancia han dejado fuera la obligatoriedad de la especialización de dichas secciones y de todo su personal. Esta es una cuestión por la que vamos a seguir luchando. No podemos consentir que todo siga igual y que haya una justicia a dos velocidades, donde solo una parte del país cuenta con juzgados especializados en materia de Familia”.

Desde AEAFA se ve con preocupación todo lo concerniente a los pleitos de Familia y su nueva relación desde esta Ley 1/2025 tan criticada: “Con el requisito de procedibilidad se dificulta aún más el acceso a los tribunales cuando haga falta. Este tipo de asuntos con menores de por medio puede ser peligroso. En Familia los MASC ya estaban implementados y no vemos necesario que se incorpore dicho requisito de procedibilidad. Lo lógico es que estos asuntos quedaran exentos de este requisito. No estamos en contra de los MASC, pero del requisito de procedibilidad sí”.

Para este abogado, la problemática que se puede generar es evidente: “Nos exigen ahora la negociación previa con la aprobación de la Ley 1/2025, pero de estos asuntos ya venimos trabajando bastante y las negociaciones directas entre abogados en Derecho de Familia están funcionando. Son preocupantes los plazos que impone la ley para dar por realizada dicha negociación y acreditar que esa negociación previa se ha intentado o ha tenido lugar. Este año el catedrático de Derecho Civil, Julio Banacloche, abordará el tema en las jornadas centrales de AEAFA que tendrán lugar un año más en la capital de España”.

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