El sistema de sanciones a las personas jurídicas, en Ultima Ratio
Antonio J. Rubio Martínez conversa con su compañero Pedro Morales Rodríguez-Barbero

El sistema de sanciones a las personas jurídicas, en Ultima Ratio
Antonio J. Rubio Martínez conversa con su compañero Pedro Morales Rodríguez-Barbero
En este episodio de Ultima Ratio, el penalista Antonio J. Rubio Martínez conversa con el abogado Pedro Morales Rodríguez-Barbero sobre el sistema de sanciones a las personas jurídicas.
Pedro Morales, letrado penalista y doctorando en la Universidad de Castilla-La Mancha, aborda la jurisprudencia relativa a esta materia, que analizó en un artículo titulado Sanción reina para las personas jurídicas que le valió un premio sección penal del ICAM en 2023.

A lo largo del episodio, se explican las sanciones que pueden imponerse a las empresas y se examina si el sistema de días-multa o la multa proporcional es el mecanismo más utilizado en la práctica judicial. La investigación arroja datos reveladores sobre qué opción prefieren los jueces y por qué.
También se trata la tendencia de los tribunales a mantener la responsabilidad penal en las personas físicas, mientras que las empresas son condenadas únicamente al pago de la responsabilidad civil. Se analiza si esto responde a lagunas legislativas o a la propia inercia del sistema judicial.

Ultima Ratio, con Antonio J. Rubio. (Imagen: Laura Marín/ E&J)
Otro de los puntos clave es la falta de regulación sobre la intervención judicial en empresas y la necesidad de revisar el modelo sancionador. Se plantean propuestas como la vinculación de las multas a la facturación de las compañías o el refuerzo del derecho administrativo sancionador como una vía más eficaz para garantizar la prevención de delitos.
A partir de estos temas se abre el debate sobre si el modelo actual cumple con su función o si es necesario reformarlo para garantizar sanciones realmente disuasorias.
Entre las resoluciones judiciales citadas en el episodio destacan la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz número 40/2021, de 22 de enero; la sentencia de la AP de Zaragoza 21/2021, de 20 de enero; la sentencia del Tribunal Supremo 812/2021, de 3 de marzo; y el auto de la Audiencia Nacional (Sala de lo Penal, Sección 3ª) número 254/2021, de 9 de julio.
