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Jurisprudencia

El Supremo formará jurisprudencia sobre la validez de tasar inmuebles usando únicamente ‘Google Maps’ o fotografías aéreas

La Sala Tercera admite un recurso que plantea la exigencia de que el perito de Hacienda visite tanto el interior como el exterior del inmueble

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 4 min



Jurisprudencia

El Supremo formará jurisprudencia sobre la validez de tasar inmuebles usando únicamente ‘Google Maps’ o fotografías aéreas

La Sala Tercera admite un recurso que plantea la exigencia de que el perito de Hacienda visite tanto el interior como el exterior del inmueble

(Imagen: E&J)

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha admitido un recurso de casación con el que se formará jurisprudencia aclarando una cuestión jurídica que afecta a un gran número de contribuyentes: si es exigible que los peritos de Hacienda visiten tanto el interior como el exterior de un inmueble a la hora de tasarlo; o si por el contrario, es suficiente que la tasación se realice con la mera contemplación del exterior de éste o la toma de fotografías.

Aunque aún queda que el Tribunal Supremo se pronuncie finalmente sobre esta cuestión, si lo hiciera de manera que dictaminase que el plano de cartografía catastral, la ortofotografía catastral y la fotografía de Google Maps de la que se sirve el perito de la Administración no es suficiente, el Alto Tribunal obligaría a Hacienda a cambiar su forma de actuar hasta el momento y exigirle que fuera necesario que acudiese de manera física a valorar tanto el interior como el exterior del inmueble.



El Auto del Tribunal Supremo (disponible en el botón ‘descargar resolución’) señala que el recurso presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, ya que la cuestión jurídica sobre las exigencias que impone el deber de motivación de la comprobación de valores mediante el método consistente en dictamen de peritos de la Administración está siendo resuelta “de forma aparentemente contradictoria a la jurisprudencia del Tribunal Supremo (…), y además afecta a un gran número de situaciones (…), lo que aconseja un pronunciamiento del Tribunal Supremo que las esclarezca”.

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