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Jurisprudencia

La vivienda habitual no pierde tal condición a los efectos de la exención por transmisión en el IRPF cuando hay un traslado forzoso por enfermedad

El traslado de domicilio se debe al estado de salud del interesado, mayor de 65 años, por lo que ha de aplicarse la exención de ganancia patrimonial

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 6 min



Jurisprudencia

La vivienda habitual no pierde tal condición a los efectos de la exención por transmisión en el IRPF cuando hay un traslado forzoso por enfermedad

El traslado de domicilio se debe al estado de salud del interesado, mayor de 65 años, por lo que ha de aplicarse la exención de ganancia patrimonial

(Imagen: E&J)

El inmueble no pierde su condición de vivienda habitual a los efectos de acceder a la exención de ganancia patrimonial para mayores de 65 años en el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF) cuando el contribuyente ha tenido que trasladar su domicilio a otro lugar, como una residencia, por circunstancias análogas, como puede ser su estado de salud.

Así lo ha dictaminado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en una sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’), en la que, al contrario de lo que la Administración Tributaria venía sosteniendo, reconoce el derecho de una anciana a beneficiarse de esa exención, y ello pese a que llevaba más de dos años sin vivir de forma continuada en su vivienda habitual y no vendió la misma, obteniendo el correspondiente beneficio patrimonial por ello, hasta 10 años más tarde de haber ingresado en la residencia.





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