Tráfico de drogas
Tráfico de drogas
(Imagen: el blog de DIGI)
El que proporciona sus datos para figurar como destinatario, es autor de un delito consumado contra la salud pública, por tener la posesión mediata de la droga remitida
Tribunal Supremo Sala Segunda – 19/12/2012
Se declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto contra sentencia condenatoria de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Murcia, por delito contra la salud pública.
La Sala declara que cuando la droga es remitida desde el extranjero por correo o por cualquier otro sistema de transporte, y el acusado hubiese participado en la operación de importación, bien proporcionando sus datos al remitente para figurar como destinatario de la misma, o bien, sin ser el destinatario formal, para situarse en una posición que le permita fácilmente hacerse con la droga a su llegada a España, como sucede en este caso, una reiterada doctrina jurisprudencial considera que quien así actúa es autor de un delito consumado contra la salud pública, por tener la posesión mediata de la droga remitida.
Disponible en www.bdifusion.es Marginal: 2413507
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