Requisitos para recibir las ayudas para la ejecución de planes de formación de personas ocupadas
Requisitos para recibir las ayudas para la ejecución de planes de formación de personas ocupadas
Resolución de 25 de agosto de 2014, de la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, por la que se establecen los criterios para determinar el peso relativo de cada una de las asociaciones de trabajadores autónomos solicitantes de subvenciones para la ejecución de planes de formación, de ámbito estatal, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas, del Servicio Público de Empleo Estatal.
BOE 5 de septiembre de 2014
Las asociaciones representativas de trabajadores autónomos deberán acreditar que cumplen los siguientes requisitos:
1.º Encontrarse inscritas en el Registro Estatal de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos a fecha de publicación de la convocatoria de subvenciones para la ejecución de planes de formación, de ámbito estatal, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas, del Servicio Público de Empleo Estatal.
2.º Tener sede, propia o a través de sus asociaciones intersectoriales asociadas, en al menos, tres comunidades autónomas, a fecha de publicación de la convocatoria de subvenciones para la ejecución de planes de formación, de ámbito estatal, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas, del Servicio Público de Empleo Estatal y contar con recursos humanos en cada una de ellas.
3.º Disponer de una plantilla durante cinco de los seis primeros meses del año 2014 de, al menos, dos trabajadores contratados directamente por la solicitante, uno de los cuales lo será a tiempo completo durante todo el período señalado.
4.º Tener carácter intersectorial.