Hacienda aún no me ha devuelto la renta, ¿por qué será?
Agencia Tributaria (Foto: Archivo)
Hacienda aún no me ha devuelto la renta, ¿por qué será?
Agencia Tributaria (Foto: Archivo)
Por Antonio Juan Pérez Madrid, Coordinador del Departamento Tributario.Carrillo Asesores Tributarios y Abogados, SLP.
La mayoría de los españoles reciben la devolución del IRPF antes de que termine la campaña de Renta, o al menos ese es el mensaje que nos hace llegar la Agencia Tributaria. Pero en realidad no es del todo cierto, ya que todavía hay muchos contribuyentes que aún no han recibido la devolución de la Renta 2013.
Puede ocurrir que dichos contribuyentes hayan presentado la declaración a última hora, como se suele decir, y de ahí la demora en su devolución. Pero también es plausible que la Agencia Tributaria haya detectado que la información aportada no cuadra con la que el Fisco tiene en su poder -y que viene sobre todo del cruce de información de las diversas declaraciones o liquidaciones que hacen las empresas y otros organismos- y, por ello, querrá verificar que todo casa y es correcto.
Los primeros en cobrar su devolución de IRPF son los contribuyentes que aceptan el borrador de Hacienda aunque, como advierte su sindicato, la mayoría de los borradores son incorrectos y perjudican a los contribuyentes, por lo que se recomienda que hagan su pertinente declaración o acudan a un profesional para que se la realice.
Para los que no han aceptado el borrador, las causas por las que un contribuyente no recibe con celeridad su dinero pueden ser diversas. En numerosas ocasiones están relacionadas con el cambio en las circunstancias personales y familiares del contribuyente: divorcio, hijos menores de edad a su cargo, personas mayores que conviven en el domicilio, cambio de residencia, etc. También puede ocurrir que existan errores aritméticos, ya que el contribuyente se puede haber confundido al hacer una suma o al consignar sus datos personales. Cuando esto sucede -y Hacienda lo detecta- se pone en marcha un procedimiento llamado “Requerimiento de Datos” o “Propuesta de Liquidación Provisional” por el que se notifica al contribuyente. Suelen ser expedientes sin mala fe y por los que el ciudadano no es penalizado, pero sí que pueden causar el retraso del cobro de su devolución.
Otras causas del retraso pueden estar debidas a las deducciones que aplican los ciudadanos al confeccionar su IRPF ya que, a veces por desconocimiento y otras por picaresca, se desgravan un piso como vivienda habitual, lo que no da derecho a deducción, o pueden deducirse un importe inferior por solicitar un préstamo hipotecario superior al valor de la vivienda adquirida. O a la desgravación a un hijo, que no da derecho a deducción por haber hecho su propia declaración de IRPF o por tener más de 25 años.
Otras veces han tenido una alteración patrimonial por haber vendido algún inmueble y no han declarado ganancia ni pérdida patrimonial por dicha alteración. Incluso sucede que olvidan incluir inmuebles heredados o adquiridos en 2013 de los que no les ha llegado el recibo de contribución.
Es decir, los motivos pueden ser varios pero, al no casar los datos fiscales con los datos declarados, el Fisco siempre paraliza la devolución y notifica al contribuyente para que aporte los datos necesarios o aclare las incongruencias.
También tendrá que tener en cuenta que si el declarante debe dinero al Estado es posible que la Agencia Tributaria le retenga la devolución hasta que el desembolso se realice o hasta que, de oficio, la Agencia Tributaria compense el débito con el crédito y le abone solo una parte.
Si el ciudadano quiere saber por qué no le han devuelto su IRPF 2013 tiene varias vías para saber en qué estado se encuentra su Declaración de la Renta. Una de ellas es dirigirse a una oficina de la Agencia Tributaria y preguntar en la ventanilla por qué motivo no le ha devuelto Hacienda el dinero que le corresponde o si hay algún problema con la Declaración. Otra es realizar dicha consulta a través de la página web de la Agencia Tributaria. Para saber el estado de la tramitación, basta con introducir los dígitos del NIF y la referencia a la casilla 620 de la Declaración o, si lo prefiere, utilizar el certificado electrónico del DNI.
Si al contribuyente aún no le han devuelto su IRPF entre los meses de septiembre y octubre, lo más probable es que tenga una propuesta de liquidación provisional o un requerimiento de datos y, por tanto, deberá subsanar las discrepancias ante el Órgano de Gestión Tributaria de la AEAT, lo que en ocasiones requiere de la ayuda de un Asesor Fiscal si las incidencias son considerables.
El contribuyente también ha de tener en cuenta que la mayoría de las devoluciones se llevan a cabo antes de terminar el periodo obligatorio para presentar la Declaración de la Renta. No obstante, ha de recordar que la Agencia Tributaria tiene seis meses desde que finaliza este plazo para devolver sin intereses. Después, el Estado devuelve con intereses por retener su devolución más tiempo de lo legalmente establecido. De modo que ármese de paciencia, contribuyente, su espera puede alargarse hasta que nos den las uvas este año.