Connect with us
Jurisprudencia

El delito de tenencia ilícita de armas se entiende consumado, aun cuando el inductor no consiga el arma

Tiempo de lectura: < 1 min

Publicado




Jurisprudencia

El delito de tenencia ilícita de armas se entiende consumado, aun cuando el inductor no consiga el arma



Tribunal Supremo Sala Segunda – 04/02/2015

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha condenado a un miembro de la Policía que, en relación a un confidente, le advierte de que puede ser detenido, siendo conocedor de que dicha persona iba a adquirir clandestinamente una pistola. El Supremo reitera Doctrina de la Sala sobre las intervenciones telefónicas y sobre la presunción de inocencia. En relación al delito de tenencia ilícita de armas, el delito se consuma cuando el inducido consigue el arma, y aunque no llegó a manos del inductor, también para éste el delito está consumado.



 



Puede leer el texto completo de la Sentencia en www.ksp.es Marginal: 2470026

...



CONTENIDO EXCLUSIVO PARA SUSCRIPTORES

BUSINESS MENSUAL
14,99€ ELEGIR PLAN
Pago mensual
BUSINESS ANUAL
149€ ELEGIR PLAN
Pago único
BUSINESS BRAND ANUAL
299€ ELEGIR PLAN
Pago único