No es válido el procedimiento de conflicto colectivo para resolver la conciliación anterior al despido colectivo
No es válido el procedimiento de conflicto colectivo para resolver la conciliación anterior al despido colectivo
El Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación anulando la Sentencia dictada por la Audiencia Nacional y apreciando la inadecuación del procedimiento de conflicto colectivo interpuesto por la empresa para interpretar una conciliación anterior alcanzada por las partes en un litigio de despido colectivo. El Tribunal Supremo considera además que el empresario no tiene legitimación para instar indirectamente por esa vía la convalidación del despido colectivo.