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Extinción de la pensión compensatoria por convivencia “more uxorio”

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Extinción de la pensión compensatoria por convivencia “more uxorio”

Por Sol Palacios-Cueto
Abogada de ABA Abogadas
Especialista en Derecho de Familia y Penal
Según la Sentencia de 9 de Febrero de 2012, el Tribunal Supremo manifestó y decidió que; “Aunque al parecer no se había producido una convivencia continuada bajo el mismo techo, sí se habían producido continuas permanencias y/o visitas de uno en el domicilio del otro, encuentros de manera pública en compañía del tercero en su vehículo y en diversos
establecimientos hosteleros de la ciudad y sus alrededores. Este tipo de convivencia debe considerarse como vida marital y da lugar a la extinción de la pensión compensatoria”. Son varias las sentencias que se han dictaminado con esta misma tendencia, dando lugar a situaciones injustas en las que por ejemplo, un mero informe de un detective acreditando que la acreedora de la pensión pasaba varias noches en el domicilio de su pareja, o bien su pareja en el domicilio, ha hecho posible que ésta pierda su derecho sin importar los gastos que tuviese en ese momento. De la noche a la mañana, y en base a esa convivencia “more uxorio”, algunas mujeres se han encontrado sin la pensión compensatoria que habrían obtenido tras su divorcio, y que habría dictaminado un juzgado en base a sus circunstancias.
El hecho es que en un escenario habitual, este tipo de pensiones compensatorias son recibidas por mujeres de mediana edad, con una dedicación absolutamente exclusiva a la familia durante un largo matrimonio, o bien a mujeres que han colaborado en el trabajo del marido, o para que este promocionase profesionalmente y que debido a ello, no han podido desarrollar su propia carrera profesional. Es en estos casos, cuando un Juzgado determina la existencia de un desequilibrio por el que debe percibir una cuantía mensual en concepto de compensación.
Según determina el artículo 97 de nuestro Código Civil, las circunstancias a tener en cuenta para valorar si una persona tiene derecho o no a cierta retribución son:
1.ª los acuerdos a que hubieran llegado los cónyuges,
2.ª la edad y el estado de salud,
3.ª la cualificación profesional y las probabilidades de acceso a un empleo,
4.ª la dedicación pasada y futura a la familia,
5.ª la colaboración con su trabajo en las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro cónyuge,
6.ª la duración del matrimonio y de la convivencia conyugal,
7.ª la pérdida eventual de un derecho de pensión,
8.ª el caudal y los medios económicos y las necesidades de uno y otro cónyuge y
9.ª cualquier otra circunstancia relevante.
Es entonces, cuando nos preguntamos si una mujer no tiene derecho a rehacer su vida. Ya no sólo a vivir con otra persona, sino que en base al criterio actual de los jueces, tampoco pueden pernoctar varias noches, sin llegar a convivir, ya que corre el riesgo de perder el derecho adquirido por los años de dedicación a su anterior matrimonio. Es comprensible que muchas de estas mujeres se preguntan hasta qué punto su nueva pareja tiene la obligación de paliar ese desequilibrio, y esto termina por generar una situación de indefensión, que hace que muchas mujeres ni se planteen tener una nueva pareja.
Desde luego que esta práctica tiene ciertas connotaciones machistas, simplemente por el hecho de asumir que lo que pagaba el marido, ahora tiene que pagarlo el nuevo novio, y cuando lo que en realidad debería plantearse es de donde nace el derecho a percibir la pensión compensatoria ya que su origen, surge como necesidad para paliar un desequilibrio originado por una sociedad, en la que muchas mujeres renunciaron a sus estudios y/o a ejercer una profesión, para cuidar de su familia. Hoy en día, la situación es muy diferente, y mujeres y hombres compaginan su vida laboral y familiar, no sin muchas dificultades. No obstante, varias décadas atrás, la ecuación y la sociedad marcaron el destino de muchas mujeres, y es que en muchos casos, estaba escrito que a la par de casarse, renunciaban con seguir desarrollándose profesionalmente, sin saber que en un futuro no muy lejano, siete de cada diez matrimonios acabarían en divorcio.


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