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Al día

Delito de lesiones

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Delito de lesiones

(Imagen: el blog de DIGI)



Desistimiento activo del agresor al impedir el resultado dañoso

Tribunal Supremo – 111/2011 – 22/02/2011 Sala Segunda



Se declara haber lugar al recurso de casación formalizado contra sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial de Lleida, por delito de homicidio en grado de tentativa concurriendo la agravante de parentesco. La Sala del Supremo declara que la actuación del acusado constituye un claro caso de desistimiento activo, porque tras haber efectuado los actos de agresión, y con un arma tan significativa como un martillo, cambió su inicial dolo delictivo, por lo que se ha calificado como un «dolo de salvación», es decir solicitó ayuda para que atendieran a su esposa mal herida y lo hizo, precisamente, por el medio adecuado como fue el servicio de emergencias del 112.

Todo ello cuando no existía conocimiento de los hechos y por tanto como fruto de su libre voluntad, y al mismo tiempo siendo consciente de que su mujer continuaba mal herida por su acción. Se está ante un actus contrarius del agresor que fue sin duda eficaz para cortar el curso normal al que pudieran haber llegado las lesiones producidas.

Dicho acto fue claramente voluntario, y todo ello lleva a estimar que se está ante un desistimiento activo en relación al delito contra la vida inicialmente querido por el acusado. Es incuestionable la aplicación del párrafo 2º del art. 16 del Código Penal que establece una excusa absolutoria respecto del delito inicialmente emprendido por el agente, debiéndose castigar los hechos realmente cometidos, exclusivamente, por un delito de lesiones con deformidad del art. 150 CP.



Disponible en /.Marginal: 2265949.

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