Retirada de Denuncia por abandono de familia por acuerdo extrajudicial
Retirada de Denuncia por abandono de familia por acuerdo extrajudicial
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1. Denuncia por abandono de familia |
2. Sentencia de divorcio entre Don Roberto y Doña María |
3. Escrito retirando la denuncia y apartándose del procedimiento |
4. Decreto dando por finalizado el proceso |
Supuesto de hecho.
Doña María contrajo matrimonio con Don Roberto el día 9 de septiembre de 1.983, naciendo de esta unión dos hijos, Natalia y Roberto, en 1985 y 1990 respectivamente.
Con fecha de 23 de febrero de 2006 se dictó sentencia de divorcio de matrimonio, en la que se establecía una pensión alimenticia a favor de los hijos en la cuantía de 2.700 euros mensuales, más 50% de los gastos extraordinarios, a pagar todo ello en los cinco primeros días de cada mes.
Desde que tuvo lugar el divorcio, Don Roberto ha venido incumpliendo reiteradamente su obligación de pagar la pensión de alimentos establecida en sentencia, bien ingresando algunos meses cantidades inferiores a las estipuladas, bien dejando de pagar en otras ocasiones. La deuda a día de hoy asciende a 54.800 euros.
Objetivo. Cuestión planteada.
- Que una vez interpuesta la denuncia, se proceda a incoar el correspondiente procedimiento a fin de depurar las responsabilidades penales que procedieran.
La estrategia. Solución propuesta.
El abogado aporta una serie de documentos, demostrando los hechos que son objeto de la denuncia.
Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de 1ª Instancia Nº 4 de Torrejón de Ardoz
Tipo de procedimiento: Procedimiento abreviado
Fecha de inicio del procedimiento: 05-05-2010
Parte denunciante:
Doña María.
Parte denunciada:
Don Roberto.
Denunciante
- Que una vez interpuesta la denuncia, se proceda a incoar el correspondiente procedimiento a fin de depurar las responsabilidades penales que procedieran.
Denunciada
Ninguna
Denunciante
- Que Don Roberto ha venido incumpliendo la sentencia de divorcio que se declaró el 23 de febrero de 2006, abonando en unas ocasiones menos cantidad de la debida de la pensión correspondiente, y dejando de pagar en su totalidad en otras, debiendo una suma de 54.800 euros.
Denunciada
Ninguna
Demandante:
Fondo
– Código Penal (Art 227.1)
Procesal
Ninguna
Demandada:
Fondo
Ninguna
Procesal
Ninguna
La parte demandante en su demanda aportó los siguientes documentos:
- Copia de la sentencia de divorcio entre Doña María y Don Roberto.
- Auto despachando ejecución contra Don Roberto por la cantidad de 38.200 euros.
- Auto reduciendo la cantidad a pagar por Don Roberto a 32.200 euros.
- Auto de la Audiencia Provincial resolviendo la oposición de Don Roberto al auto anterior, confirmándolo ésta en su integridad.
- Auto aumentando la cantidad a pagar por Don Roberto a 54.800 euros.
La parte demandada aportó los siguientes documentos
Ninguno
La parte demandante en su demanda aportó los siguientes documentos:
- Prueba Documental.
- Interrogatorio a Don Roberto.
La parte demandada aportó los siguientes documentos
Ninguno
Demandante
- Que Don Roberto ha estado incumpliendo la sentencia de divorcio del día 23 de febrero de 2006, dejando de abonar parte de la pensión que le correspondía abonar unas veces, y dejando de pagarla en su totalidad otras, ascendiendo la deuda a un total de 54.800 euros.
Demandada
Nada
Doña María y Don Roberto alcanzaron un acuerdo amistoso y extrajudicial para el pago de la deuda por pensiones alimenticias atrasadas, y habiendo satisfecho éste la totalidad de la deuda reclamada, por lo que Doña María retiró la denuncia contra Don Roberto, apartándose del proceso y solicitando el archivo del caso.Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
El acuerdo entre las partes se basó en que Don Roberto hizo frente al pago de la deuda que mantenía con Doña María por las pensiones atrasadas.
- Sentencia del Tribunal Supremo, núm. 631/2015, de 23-10-2015. KSP. Marginal: 69457026
- Sentencia de la Audiencia Nacional, núm. 40/2015, de 22-10-2015. KSP. Marginal: 69457551
- Tribunal Supremo, núm. 631/2015, de 23-10-2015. KsoluciónPremium.Jurisprudencia. Marginal: 69457026
- Audiencia Nacional, núm. 40/2015, de 22-10-2015. KsoluciónPremium.Jurisprudencia. Marginal: 69457551
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