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Más de un millón de empresarios acudieron al notario en 2015

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Más de un millón de empresarios acudieron al notario en 2015



Más de un millón de empresarios (1.026.000) han acudido al notario en 2015 para realizar casi 700.000 actos relacionados con el mundo empresarial y los distintos momentos de la vida de una empresa; fases que van desde su constitución hasta su disolución, pasando por su transformación, cambios en los consejos de administración, modificaciones estatutarias y ampliaciones o reducciones de capital, entre otros.

De hecho, la constitución de empresas (102.173 en 2015) o su disolución y extinción (41.058 en número de actos) representan un 15% y un 5,6%, respectivamente del conjunto de servicios realizados; los nombramientos de miembros de órganos de administración, un 31%, y los ceses o renuncias (94.080 actos), un 13,7%, según datos del Consejo General del Notariado, que aconseja realizar previamente un análisis detallado de las distintas etapas del ciclo de vida de una empresa, especialmente de las familiares, con objeto de evitar problemas en el futuro.



El Consejo General del Notariado nos recuerda que como expertos en Derecho privado y funcionarios públicos, los más de 2.800 notarios españoles repartidos por todo el Estado tienen el deber de ofrecer asesoría imparcial ante las distintas necesidades de naturaleza contractual que los empresarios o futuros empresarios puedan tener en su empresa.

Constitución de sociedades

Aunque es cierto que la actividad notarial y el mundo de la empresa van más allá de la constitución de sociedades, la creación de empresas es uno de los principales indicadores de la actividad económica de un país. A mayor tejido empresarial, más empleo, más ingresos públicos y, por tanto, mayores posibilidades de aumentar el desarrollo económico y social de todos los ciudadanos. Desde 2014 el número de sociedades constituidas en España ha vuelto a superar la barrera de los cien mil (100.052 en 2014, y 102.383 en 2015), aunque todavía muy lejos de las 149. 107 del año 2007.



Leve crecimiento, pero crecimiento al fin y al cabo. Lo que sí ha cambiado a lo largo de los años es el tiempo necesario para su creación. Así lo explica José Manuel García Collantes, presidente del Consejo General del Notariado: “En cualquier notaría española puede constituirse una empresa por vía telemática en 24 horas, lo que es muy bien valorado en el informe Doing Business 2015 del Banco Mundial”.

Y es que los notarios pueden realizar vía online todos los trámites necesarios para ello como la obtención de la denominación, el NIF, el pago de impuestos, el envío de la copia electrónica al Registro…), pasos que en la mayoría de los casos los tenía que dar el ciudadano de manera autónoma, lo que suponía más desplazamientos, preocupaciones y gastos. Del total de las sociedades creadas en 2015, casi el 22%, unas 22.000, han sido sociedades exprés y exprés simplificadas (cuyos trámites se han realizado por vía telemática desde la notaría), lo que representa un incremento de más de un 8% en relación a 2014. La agilidad que imprime el desarrollo tecnológico del notariado a la creación de empresas se destaca en el informe Doing Business 2015, que ya señaló en ediciones anteriores la eficacia de la labor de los notarios en la constitución de sociedades vía online, y esta última edición asegura que “uno de los agentes más importantes para potenciar el uso del Centro de Información y Red de Creación de Empresas –CIRCE- son los notarios, ya que tienen los conocimientos adecuados y están en estrecha relación con los emprendedores”.

El protocolo familiar: asesoría en la empresa familiar

Uno de los servicios en los que se empieza a solicitar más la colaboración de los notarios es en la creación de protocolos familiares, quizá porque hay una mayor sensibilidad a la realidad que reflejan los datos del Instituto de la Empresa Familiar que mantiene que solo el 32% de las empresas familiares españolas planifica su sucesión y solo el 10% del total de empresas familiares llega a superar la tercera generación.

José Manuel García Collantes considera que el protocolo familiar es un gran desconocido, a pesar de ser un documento de gran utilidad y transcendencia para las empresas familiares por la estabilidad que puede aportarles. Explica que “es un documento bastante complejo, de contenido muy abierto para tratar de contemplar todos los supuestos que pudieran poner en riesgo la continuidad de la empresa en un futuro”. Y concluye, “la existencia de protocolos familiares bien construidos se han convertido incluso en un aval de viabilidad empresarial, además de favorecer a conseguir financiación o a la hora de vender la compañía en mejores condiciones”. A

lgunos de los contenidos que pueden contemplar los protocolos familiares, siempre dentro de los límites que marca el Derecho a la contratación, el Derecho de sociedades y el Derecho constitucional son:

 Reglas que garanticen una sucesión ordenada, previsión de ejecutores sucesorios, establecimiento de sistemas de mediación o arbitraje en caso de muerte

 Compromisos sobre la no descapitalización de la empresa, y decisiones a tomar en caso de concurso

 Autorización o prohibición a miembros de la familia a trabajar en la compañía o a ocupar ciertos cargos. Suele ser habitual que se excluya a miembros de la compañía a actuar como CEO

 Derechos de separación o de adquisición preferente para los familiares y reglas de valoración de las participaciones  Pactos articulatorios sobre la futura propiedad de las acciones

 Reglas de resolución de conflictos internos, como el sometimiento a mediación o arbitraje Lucha contra el blanqueo de capitales y el fraude

En 2009 se aprobó en Estados Unidos una ley (que está en vigor) conocida como Levin-Grassley-McCaskill que se fijaba en el modelo notarial para dotar de transparencia y protección jurídica su proceso de creación de empresas. La ley señala que “en Estados Unidos cada año se permite la constitución de aproximadamente dos millones de sociedades anónimas y sociedades de responsabilidad limitada, sin conocer –incluso sin preguntar– quiénes son los propietarios de estas sociedades”. Por ello, “los delincuentes están explotando esta debilidad en nuestras prácticas de constitución de sociedades en el Estado. Crean nuevas sociedades anónimas y sociedades de responsabilidad limitada, sirviéndose de dichas entidades para cometer delitos como tráfico de drogas, blanqueo de capitales, evasión de impuestos, fraude financiero y corrupción”.

En España y en la mayoría de los países de la UE el notario es el encargado de la constitución de sociedades. Su función infunde seguridad jurídica y tranquilidad al emprendedor y a la sociedad porque vela por la legalidad de todo el proceso. Estatutos de una sociedad: asesoría imparcial y reequilibradora En 2015 los notarios españoles realizaron más de 60.000 modificaciones y adaptaciones de estatutos, en línea con los realizados en 2014. Dentro de su función de asesoría imparcial y reequilibradora de las partes (si las hubiera) en el proceso de redacción de estatutos, es aconsejable consultar al notario antes de firmar la escritura de constitución de una empresa, porque después se deberá cumplir lo que estos incluyan, ya que de decidir cambiarlos se deberá hacer con el acuerdo de la mayoría de los socios. Por esta razón, los notarios españoles inciden en la importancia de planificar muy bien los contenidos de esos estatutos y prever todas las opciones posibles en materia de funcionamiento, estructura, responsabilidad del consejo de administración, el papel del administrador, régimen de transmisión de acciones, adquisición de participaciones, separación o exclusión de socios, etc.

Son muchos otros los servicios realizados por los notarios a los empresarios y directivos españoles. Por volumen, destacan los nombramientos de miembros del órgano de administración, desde el consejero delegado hasta el liquidador (213.011), ceses o renuncias del administrador y otros cargos, ampliaciones de capital, cambio de socios, transformaciones de sociedades, etc.

(Consejo General del Notariado)

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