Catalá asegura que se cumplirán los plazos del 324 de la LECrim para el próximo 6 de junio mientras que la Fiscalía lo considera “imposible”
Catalá asegura que se cumplirán los plazos del 324 de la LECrim para el próximo 6 de junio mientras que la Fiscalía lo considera “imposible”
Rafael Catalá afirmó ayer lunes que los letrados de la Administración de Justicia y los fiscales se coordinarán para dar cumplimiento al plazo de instrucción de las causas penales previsto en el artículo 324 de la Ley de Enjuciamiento Criminal que prevé un plazo de, en principio, 6 meses para la instrucción de las causas, y que puede ser prorrogable a 18 si se produce la declaración de complejidad del asunto, para lo cual debe darse alguna de las causas tasadas en el precepto.
El próximo 6 de junio entra en vigor el cumplimiento del plazo. Al respecto, el ministro de Justicia en funciones ha reconocido que es una tarea difícil, pero que se cumplirá “sobradamente” con la fecha límite, y que no se archivarán causas penales por falta de revisión. Catalá ya anunció el pasado jueves que se había ordenado a los letrados de la Administración de Justicia que informasen de nuevo del número de causas pendientes de revisión.
Sin embargo, el Consejo Fiscal ha emitido un comunicado en el que valora la aplicación del artículo 324 ante su entrada en vigor y señala que, considerando los medios actuales “los términos del artículo 324 resultan de difícil o imposible cumplimiento, máxime en ausencia de la prometida instrucción al cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia”. Asimismo, señala en su comunicado que no es posible asegurar con certeza que a 6 de junio se hayan revisado todas las causas en tramitación, ni que el control pueda seguir realizándose en el futuro de manera completa. Por lo que solicitan que “se adopten las medidas adecuadas para corregir esta situación”.
Igualmente, señala el Consejo Fiscal como causa del problema la falta de atribución definitiva de la investigación de los delitos al Ministerio Fiscal, pues siendo que actualmente le corresponde al juez la misma, y a los letrados de la Administración de Justicia el impulso y custodia de los procedimientos, no pueden los fiscales “asumir con seguridad la parcela de responsabilidad que les corresponde en la tramitación en plazo de los procedimientos penales”.
Por otro lado, los letrados de la Administración de Justicia también señalan la dificultad de la aplicación del plazo, y aducen que no pueden acceder al detalle de las causas desde su aplicación informática de gestión procesal por lo que no pueden informar de las causas pendientes de revisión tal y como solicitó Justicia.