Reforma Laboral: contenido de los convenios colectivos
Reforma Laboral: contenido de los convenios colectivos
(Imagen: el blog de DIGI)
Como los medios de comunicación no se han cansado de enfatizar, la norma modifica la regulación de las llamadas cláusulas de descuelgue salarial, es decir, la inaplicación del régimen salarial previsto convencionalmente, y lleva a cabo una más profusa reglamentación del supuesto. Así, por acuerdo entre empresa y representantes de los trabajadores, y previo un período de consultas, se podrá proceder a «inaplicar el régimen salarial previsto en los convenios colectivos de ámbito superior a la empresa, cuando la situación y perspectivas económicas de ésta pudieran verse dañadas como consecuencia de tal aplicación, afectando a las posibilidades de mantenimiento del empleo en la misma».
La nueva redacción de la norma establece el contenido mínimo que contendrá el acuerdo de inaplicación, que en ningún caso podrá tener una duración superior a la del período de vigencia del convenio o, en su caso, los tres años de duración.
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