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Se modifica el Anexo I del Reglamento General de Conductores con efectos 1 de enero de 2017

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Se modifica el Anexo I del Reglamento General de Conductores con efectos 1 de enero de 2017



Orden INT/1676/2016, de 19 de octubre, por la que se modifica el anexo I del Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo. (BOE núm. 255, de 21 de octubre de 2016)

La Directiva 2006/126/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre, sobre el permiso de conducción, fue incorporada al ordenamiento jurídico español mediante el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, que en su anexo I regula el permiso de conducción de la Unión Europea.



La Directiva (UE) 2015/653 de la Comisión, de 24 de abril de 2015, por la que se modifica la Directiva 2006/126/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre, sobre el permiso de conducción, reforma su anexo I, sección 3, página 2 del permiso de conducción, letra a), punto 12, en concreto en lo que se refiere a los códigos de la Unión Europea armonizados.



A tenor de lo expuesto, al objeto de incorporar a nuestro ordenamiento la citada Directiva (UE) 2015/653 de la Comisión, de 24 de abril de 2015, se dicta la presente disposición por la que se modifica el anexo I del Reglamento General de Conductores.

De acuerdo con la habilitación contenida en la disposición final segunda del mencionado Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, la modificación del anexo I se hará por orden del Ministro del Interior.



Esta orden ha sido informada por el Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.5.d) del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre.

Mediante esta orden se incorpora al derecho español la Directiva (UE) 2015/653 de la Comisión, de 24 de abril de 2015, que modifica la Directiva 2006/126/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el permiso de conducción.

La presente orden entrará en vigor el 1 de enero de 2017.

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