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Las operadoras de telefonía móvil no pueden cobrar por liberalizar un terminal

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Las operadoras de telefonía móvil no pueden cobrar por liberalizar un terminal



El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de A Coruña ha estimado una demanda interpuesta por el Ministerio fiscal, Adicae y diferentes particulares contra Vodafone y declara nula por abusiva una cláusula relativa al desbloqueo de terminales.

El juez indica una vez finalizado el periodo de permanencia, o con anterioridad, si se ha abonado la cláusula penal o se están cumpliendo las obligaciones derivadas del contrato, el cliente debe tener la posibilidad de utilizar libremente el terminal. Por lo tanto considera nula la condición general en la que se preveía el cobro de una cantidad al cliente por liberalizar los terminales móviles.



La sentencia será de aplicación retroactiva pues esta debe aplicarse a todos los clientes que hayan celebrado o vayan a celebrar contratos en los que la demandada preste servicios de telefonía móvil, aunque no hayan sido parte en el proceso. Así pues, se condena a Vodafone a devolver las cantidades cobradas, incluidos los impuestos.

Además el juez acuerda asimismo que se impondrá una multa coercitiva a Vodafone de cinco mil euros por cada día que transcurra, a partir de los dos meses siguientes a la fecha de la firmeza de la sentencia, en caso de que la empresa no haya cesado en el uso de las condiciones generales declaradas nulas.





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