La insolvencia como presupuesto objetivo de un concurso. ¿Cuándo existe?
La insolvencia como presupuesto objetivo de un concurso. ¿Cuándo existe?
Pleno del CGAE de noviembre donde la abogacía institucional apuesta por fijar criterios orientativos en las costas e impulsar el amparo colegial. (Imagen: CGAE)
El presupuesto objetivo del concurso es la insolvencia. Precisamente y en orden a la constatación de que la situación de insolvencia es real y no fingida, la ley parte de la presunción de su existencia cuando el deudor deja de pagar ciertas deudas o existen embargos por ejecuciones pendientes, el alzamiento o liquidación apresurada o ruinosa de bienes, o el incumplimiento generalizado de obligaciones tributarias, cuotas de la seguridad social o pago de salarios e indemnizaciones.