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Para realizar actos de riguroso dominio, debe existir mandato expreso.

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Para realizar actos de riguroso dominio, debe existir mandato expreso.

El Congreso se estructuró en varias mesas redondas que abordaron temas cruciales para el arbitraje. (Imagen: ICAB)



Según el Tribunal Supremo para realizar actos de riguroso dominio, como es el caso de donar,  no valen las presunciones, sino que es indispensable el mandato expreso cual exige el artículo 1713 del CC. Sin embargo, no cabe confundir el mandato expreso, exigido en el articulo 1713.2 CC con el mandato concebido en términos generales que de acuerdo con el propio precepto, solo otorga al mandatario facultades para administrar.
La donación es acto de dominio.
Sentencia del TS, de 16 de mayo de 2008.