Los Colegios de abogados ya no pueden fijar baremos orientativos.
Los Colegios de abogados ya no pueden fijar baremos orientativos.
El Congreso se estructuró en varias mesas redondas que abordaron temas cruciales para el arbitraje. (Imagen: ICAB)
¡Atención! Ya está en vigor la controvertida Ley 25/2009 sobre el libre acceso a las actividades de servicios.Modifica diversos textos legales y afecta, entre otros, a los Colegios profesionales. En lo que respecta a los Colegios de Abogados, una de las disposiciones que se establecen es que no podrán fijar baremos orientativos de honorarios, ni cualquier otra recomendación, orientación, directriz, norma o regla sobre honorarios profesionales, salvo lo previsto en la disposición adicional cuarta. Esta última establece que los colegios podrán elaborar criterios orientativos a los exclusivos efectos de la tasación de costas y de la jura de cuentas de los abogados. Dichos criterios serán igualmente válidos para el cálculo de honorarios y derechos que corresponden a los efectos de la tasacion de costas en asistencia juridica gratuita.