El Supremo reitera su doctrina sobre la extensión de efectos
El Supremo reitera su doctrina sobre la extensión de efectos
En la sentencia que quiere recurrirse se reconoce el derecho a la demandante de que se ñe retribuyeran «por los períodos no prescritos, las horas de guardia sanitaria, tanto de presencia física como en régimen de localización, con el mismo valor que la hora ordinaria.»
El Abogado del Estado recurre dos veces, una por rechazo de la otra. La Sala en esta instancia del Supremo se encarga de comprobar si procede el recurso de casación por la desestimación del recurso de reposición interpuesto anteriormente.
La doctrina y la seguridad jurídica establecen los mismos criterios en relación a la extensión de efectos análoga. Señala que la identidad de situaciones exigidas no debe afectar cuestiones esenciales, pues de otra forma, si no se permitieran variaciones fuera de la cuestión esencial se «desnaturalizaría la institución de la extensión de efectos de sentencias firmes convirtiéndola en inaplicable».
Puede leer el texto completo de la sentencia https://global.economistjurist.es/ Marginal: 70914887