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Noticias Jurídicas

Entrada en vigor del Libro II del Código Civil de Cataluña

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Entrada en vigor del Libro II del Código Civil de Cataluña

El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)



El próximo 1 de enero de 2011 entra en vigor la Ley 25/2010, de 26 de julio, del Libro Segundo del Código Civil de Cataluña, que introduce modificaciones respecto a la legislación hoy vigente en materia de persona y familia.

Desde que Cataluña recuperó la competencia legislativa en materia civil, el Parlamento de Cataluña ha ido construyendo las partes del nuevo sistema jurídico privado que configurarán el Código General. Así, este libro forma parte de los seis que configuran el Código Civil Catalán.



Esta ley, de un solo artículo, se estructura sobre la base del Código de Familia. El Libro Segundo se divide en cuatro títulos: el título I regula la persona física; el título II, las instituciones de protección de la persona; el título III, la familia; y el título IV, las otras relaciones de convivencia.

Con esta nueva Ley quedan derogadas la Ley 9/1998, del 15 de julio, del Código de Familia; la Ley 10/1998, del 15 de julio, de uniones estables de pareja; y la Ley 19/1998, del 28 de diciembre, sobre situaciones de convivencia de ayuda mutua.

Fuente: Pintó Ruiz & Del Valle