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A partir del 24 de diciembre, conceder o aceptar regalos puede comportar prisión

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A partir del 24 de diciembre, conceder o aceptar regalos puede comportar prisión

El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)



La reforma del Código Penal, que entrará en vigor el próximo 24 de diciembre, introduce multas y penas de prisión de seis meses a cuatro años para el delito de corrupción entre particulares, lo que supone que todo aquel que conceda o acepte regalos cuyo objetivo sea comprar voluntades u obtener beneficio en la compra o venta de mercancías podría estar incurriendo en delito.

Hasta este momento este comportamiento estaba contemplado en el Código Penal únicamente para el cohecho de funcionarios y autoridades, en su forma activa y pasiva.



Así, el artículo 286 bis indica que "quien prometa, ofrezca o conceda a directivos, empleados o colaboradores de una empresa un beneficio o ventaja de cualquier naturaleza no justificados para que le favorezca a él o a un tercero frente a otros será castigado con penas de prisión de seis meses a cuatro años, inhabilitación de uno a seis años y multa de hasta el triple del valor del beneficio."

Asimismo, el artículo mencionado añade el requisito de que a esta conducta se sume el incumplimiento de las obligaciones del trabajador en la adquisición de mercancías o contratación de servicios profesionales.

Delinquirá también, además de quien conceda regalos, quien "reciba, solicite o acepte un beneficio o ventaja de cualquier naturaleza". Según información recogida en el Diario Expansión, esos beneficios y ventajas se estarían refiriendo tanto a aquellos que son pecunarios como a los que no implican una relación monetaria, aunque en la práctica, se estima que el 99% de las conductas penadas serán económicas.



Este mismo artículo refleja en su apartado 4 que todo lo dispuesto en relación a la corrupción entre particulares será aplicable también a los directivos, administradores, empleados o colaboradores de una entidad deportiva, independientemente de su forma jurídica, así como a deportistas, árbitros o jueces deportivos.