El TUE dictamina que los acuerdos de exclusividad para la transmisión de fútbol son ilegales
El TUE dictamina que los acuerdos de exclusividad para la transmisión de fútbol son ilegales
El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)
Juliane Kokott, abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ha dictaminado que los acuerdos de exclusividad territorial para la transmisión de partidos de fútbol son ilegales. Kokott estima que el derecho comunitario no permite prohibir la transmisión en directo de partidos de la Premier League británica en bares o restaurantes utilizando tarjetas decodificadoras extranjeras.
El dictamen de la abogada general no vincula al Tribunal de Justicia, aunque en un 80% de los casos, éste sigue la opinión de la misma.
Quedan desestimadas de este modo varias denuncias impuestas por la organización de la liga inglesa de fútbol de primera división (FAPL), que comercializa los partidos de esa liga. Estos derechos se venden a las televisiones de diferentes países con la condición de que sólo se exploten en sus respectivos territorios. Cada titular de licencia está obligado así a codificar su señal de satélite y a transmitirla codificada a los abonados de la zona que tiene asignada.
Los litigios que han dado origen al caso tienen como objetivo intentar eludir dicha exclusividad. Las empresas importan en el Reino Unido tarjetas decodificadoras procedentes del extranjero y las ofrecen allí a establecimientos de restauración a precios más reducidos que los organismos de radiodifusión de ese país. La FAPL intenta prohibir esta práctica por vía judicial y ha llegado hasta la High Court británica, quien ha elevado el caso al TUE.