Proyecto de Orden por la que se regulan las notificaciones y comunicaciones electrónicas en el ámbito de la administración de la Seguridad Social
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Proyecto de Orden por la que se regulan las notificaciones y comunicaciones electrónicas en el ámbito de la administración de la Seguridad Social
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La norma es respetuosa con el principio de necesidad y eficacia, pues responde al interés general, agilizando los procedimientos administrativos en el ámbito de la Seguridad Social, dotándolos de mayor seguridad y transparencia y, en definitiva, facilitando a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos ante la Administración de la Seguridad Social.
Será de aplicación a las notificaciones y comunicaciones electrónicas dirigidas a las personas físicas, jurídicas o entes sin personalidad jurídica que sean sujetos de relaciones jurídicas con la Administración de la Seguridad Social en materia de inscripción de empresas, afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores, cotización, recaudación y prestaciones, así como respecto de cualquier otra relación jurídica con la citada Administración de la Seguridad Social, con excepción de las dirigidas a la recaudación de recursos y suministro o cesión de los datos.
Cuando la Administración de la Seguridad Social lleve a cabo la práctica de notificaciones de forma simultánea por medios electrónicos y no electrónicos todos los efectos de la actuación administrativa de que se trate se entenderán producidos a partir de la primera de las notificaciones efectuadas, bien por comparecencia en la SEDESS de forma voluntaria o bien por medios no electrónicos
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