La sucesiva contratación temporal de un investigador, declarada ilegal por el TSJ de Madrid
La sucesiva contratación temporal de un investigador, declarada ilegal por el TSJ de Madrid
El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)
El TSJM ve «fraude de ley» las contrataciones temporales a un becario para un proyecto de investigación en la Autónoma
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha declarado como «fraude de ley» la reiterada contratación temporal de un becario para un proyecto de investigación en la Universidad Autnónoma de Madrid.
En la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, la Sala desestima el recurso de súplica interpuesto por la representación de la Autónoma contra la sentencia que declaró que se trataba de un despido improcedente el fin del contrato a instancias de una demanda de la Federación de Trabajadores de la Enseñanza de UGT Madrid.
Los hechos sobre los que se pronuncia la sentencia se refieren a un trabajador que fue contratado con la categoría laboral de investigador al que se le realizan varias contrataciones consecutivas por obra y servicio determinado con cargo a un proyecto de investigación de la Comunidad de Madrid de I+D+i de 2 años más 2 años. Concluido el proyecto, se le comunicó a este becario el fin del contrato.
De este modo, la resolución reconoce como despido improcedente el fin de su contrato temporal tras varias contrataciones sucesivas por un proyecto de I+D+i de la Comunidad de Madrid. Así, la sentencia tacha de «fraude de ley» la reiterada contratación temporal.
Los magistrados tienen en cuenta también los argumentos referidos a la modificación del artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores realizada por la denominada «Ley Caldera».
Los magistrados recalcan en la resolución que la estimación de la demanda se basa en que se está ante «una extinción del contrato de trabajo temporal o ante despido por ser la relación que vincula a las partes una relación laboral indefinida».
Añade que la demanda debe prosperar ya que consta «la naturaleza temporal de los contratos suscritos ya que se trata de proyectos y planes de actuación concretos con autonomía y sustantividad propios».
En un comunicado, UGT ha indicado que este fallo supone un claro avance contra la precarización de jóvenes investigadores que, pese a su currículum de alta especialización, mantienen su condición de becarios durante muchos años en aras de mantener su vocación investigadora. (Fuente : Europa Press)