El Consejo de Ministros da luz verde a una profunda reforma del proceso penal
El Consejo de Ministros da luz verde a una profunda reforma del proceso penal
El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)
El Consejo de Ministros ha dado el pasado viernes el visto bueno a dos anteproyectos de Ley presentados por el Ministro de Justicia que suponen una reforma «radical» de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim).
La reforma, que ahora se enviará al Consejo General del Poder Judicial, al Consejo General de la Abogacía y al Consejo Fiscal para que emitan los correspondientes informes preceptivos, afectará al 70% de las causas que llegan a los juzgados, según datos del Ministerio.
En concreto el Consejo ha recibido sendos informes del Ministro de Justicia sobre el Anteproyecto de Ley de Desarrollo de los Derechos Fundamentales Vinculados al Proceso Penal, para dar cumplimiento a los artículos 81.1 y 55.2 de la Constitución; y el de la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, que regula las condiciones de ejercicio de esos derechos, así como todos los elementos procedimentales que integran el citado proceso. Con ambos Anteproyectos, que son complementarios, se establece un tratamiento jurídico unitario y una regulación actualizada de todas las instituciones procesales penales.
Entre las novedades que incluyen podemos destacar: que se incorpora plenamente el derecho a la segunda instancia penal, se pone fin a la investigación indefinida, también conocida como «pena de banquillo» y se regulan derechos y garantías constitucionales tan importantes para los ciudadanos como los de la persona detenida, el control judicial de las medidas que limitan la libertad, la interceptación de las comunicaciones, la entrada y registro o el derecho a no ser perseguido dos veces por los mismos hechos.
Asimismo, se establece por primera vez el estatuto de las víctimas en el proceso penal y se elevan a rango orgánico aspectos vinculados al ejercicio del derecho de defensa y el secreto profesional
Se introduce un mayor control judicial. Frente al modelo actual, constituido por el juez instructor que investiga y el juez o tribunal que juzga, el nuevo modelo dispone la existencia de un juez de garantías (que controla la investigación del fiscal), un juez de la audiencia preliminar (que determina si existen elementos suficientes para sostener la acusación) y el juez o tribunal que finalmente juzgará la causa
El Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal (789 artículos) determina, entre otros muchos asuntos innovadores, que el Ministerio Fiscal asuma la dirección de la investigación, como ocurre en la práctica totalidad de los países democráticos, pero siempre bajo un control judicial imparcial, pues el juez, al no dirigir la investigación, puede resolver los conflictos sin estar contaminado de ningún posible prejuicio. En definitiva, investigará el fiscal, pero habrá «más juez» en el proceso penal.
Por su parte, el Anteproyecto de Ley Orgánica de Desarrollo de los Derechos Fundamentales Vinculados al Proceso Penal regula derechos tan importantes para los ciudadanos como los derechos de la persona detenida, el control judicial de las medidas limitativas de la libertad, así como todas aquellas con incidencia en la integridad física o la intimidad de las personas. Este Anteproyecto contempla la legislación de protección de datos personales y eleva a rango orgánico aspectos vinculados con el ejercicio del derecho de defensa y el secreto profesional.
Fuente: Consejo Ministros