EL CGPJ rechaza reembolsar a una magistrada el tiempo que estuvo suspendida
EL CGPJ rechaza reembolsar a una magistrada el tiempo que estuvo suspendida
(Imagen: Ilustre Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia)
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha rechazado reembolsar a una magistrada de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional el tiempo que estuvo suspendida de sus funciones por una falta muy grave a la espera de que el Tribunal Supremo (TS) resuelva sobre este asunto.
Fuentes del Poder Judicial han informado de este acuerdo de la Comisión Permanente del Poder Judicial reunida hoy, que ha decidido que no ha lugar a la petición de María Asunción Salvo, que en diciembre de 2010 fue suspendida de sus funciones por una falta muy grave durante dos años como presidenta de la sección sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
El desencadenante de la suspensión
El pleno del CGPJ le impuso esta sanción por incumplir el deber de abstenerse en dos causas en las que su marido intervenía como abogado de una sociedad de la que ella poseía acciones y aplicó para ello el artículo 417.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que establece que es falta muy grave «la inobservancia del deber de abstención a sabiendas de que concurre alguna de las causas legalmente previstas».
La magistrada recurrió entonces ante el Supremo la sanción y pidió que ésta fuera suspendida mientras se resolvía el recurso, a lo que accedió provisionalmente la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS el pasado mes de abril «sin perjuicio de lo que en su día se decida en la sentencia que ponga fin a este proceso».
Posteriormente, Salvo -que ya se ha incorporado a sus funciones- reclamó que se le abonara el tiempo que ha estado suspendida, reclamación que ha sido finalmente rechazada por el Poder Judicial a la espera de que se dicte sentencia sobre su caso. (fuente: Efe)