El TC levanta la suspensión cautelar a la Ley de Custodia Compartida valenciana
El TC levanta la suspensión cautelar a la Ley de Custodia Compartida valenciana
Pedro Álvarez del Río, abogado asociado en Lexway Abogados. (Imagen: cesión propia)
El Tribunal Constitucional ha levantado la suspensión cautelar de la Ley de Custodia Compartida aprobada en el Parlamento valenciano. El conseller de Gobernación, Serafín Castellano, ha mostrado la satisfacción del Ejecutivo por la resolución del Constitucional.
El conseller ha asegurado que con esta decisión, el alto Tribunal da la razón a los argumentos de la abogacía de la Generalitat y, por tanto, la ley podrá aplicarse en cuanto se haga efectiva la resolución.
Para el conseller de Gobernación es «una satisfacción y una buena noticia» que quiere compartir con los «padres y madres y todos los colectivos que han luchado para que esta ley pudiera salir adelante».
Castellano ha recordado que con esta decisión «es la segunda vez que el TC da la razón a la Generalitat puesto que ya lo hizo con la Ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciana decidiendo también el levantamiento de dicha suspensión».
Asimismo, el conseller de Gobernación ha explicado que se trata de «una ley que protege el interés del menor para que no sean moneda de cambio o paguen los platos rotos de las desavenencias entre sus progenitores, por tanto estamos ante una ley tremendamente beneficiosa para la sociedad porque busca evitar la conflictividad judicial y hace prevalecer el interés del menor, además de tratarse de una norma muy demandada por la sociedad».
La suspensión de la norma autonómica se produjo a raíz del recurso presentado por el Gobierno central contra la aplicación de sus preceptos, al considerar que el texto vulnera las competencias del Estado sobre legislación civil.
La Ley de Custodia Compartida fue aprobada en las Cortes Valencianas el 24 de marzo del presente año con 50 votos a favor y 38 en contra. La norma, que da prioridad al acuerdo entre los progenitores, establece el principio general de custodia compartida en los casos en los que el pacto no sea posible.