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Derecho Civil

APPs para rastreo del COVID-19 y derecho a la intimidad

Mario Bonacho Caballero

Socio-director en AVERUM Abogados




Tiempo de lectura: 8 min

Publicado




Derecho Civil

APPs para rastreo del COVID-19 y derecho a la intimidad



SUMARIO

  1. APPs para detección de coronavirus
  2. Sistemas de geolocalización y perfiles anónimos
  3. Protección del derecho a la intimidad
  4. Acciones legales
  5. Conclusiones

En esta era eminentemente tecnológica en que las Apps forman parte de nuestras vidas, no podíamos esperar mucho más tiempo a que las mismas llegaran a crearse con el fin de frenar la expansión del COVID-19. Sin embargo, el hecho de poner en funcionamiento cualquier tipo de herramienta tecnológica en tiempo record que no garantice la protección estricta de los derechos fundamentales más sagrados de todos los ciudadanos podrá deparar ventajas indiscutibles a corto plazo pero inconvenientes y problemas a largo plazo; siendo esa proporcionalidad y adecuación del uso de los elementos que nos brinda la informática los caracteres que redundarán en el equilibrio que la sociedad tecnológica ha de encontrar en la creación y aplicación de estas herramientas digitales.



  1. APPs para detección de coronavirus

De la mano de Google y Apple diversos países ya nos han tomado la delantera a la hora de poner en macha aplicaciones móviles dirigidas exclusivamente a rastrear el coronavirus e infectados, adoptando formas de trabajo en conexión con el protocolo europeo DP3T desarrollado a ese respecto.

Y es en este escenario en el que el Gobierno de España ya ha comunicado que se acogería al sistema de Google y Apple, comenzando por aplicar un proyecto piloto en las Islas Canarias, debiendo ahora desarrollar una propia app para rastrear el COVID-19, en aras de obtener un seguimiento de individuos y su posible exposición al contagio.

Tanto es así que países como Suiza, han desarrollado una app para rastrear el coronavirus entre sus ciudadanos, bajo el nombre de SwissCovid, que ahora se halla bajo período de prueba en ciertos círculos públicos (funcionarios, ejército, hospitales, etc.).



A nivel nacional, lo que sí está claro es que cualquier proyecto tecnológico ha de someterse a las directrices que marca el protocolo DP3T de la Comunidad Europea, protegiendo de forma estricta el anonimato de los usuarios. Pero, ¿cómo funciona realmente esta App para rastrear el COVID-19?

El nombre provisional de la App, “Foracovid” rastrea los contactos mediante Bluetooth, debiendo proceder a instalarse la misma y debiendo conceder el usuario una serie de permisos a la app para que acceda a nuestra conexión. Esta app emitirá de forma periódica ciertos códigos para rastrear a las personas con las cuales tenemos contacto o nos cruzamos, y es al recepcionar un mismo código cuando la app detecta que ambas personas han estado al menos en contacto durante 5 minutos e intercambia un nuevo código cifrado que queda almacenado en ambos terminales. Pero, ¿estos datos son anónimos o se puede identificar perfectamente a los usuarios? ¿se puede conocer a través de esta app dónde se halla un tercero?

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